Desde 20 de abril, a raíz de una orden publicada en el BOA (Boletín Oficial de Aragón), la caza vuelve a estar permitida en los municipios afectados por superpoblación de especies cinegéticas como el conejo, localidades entre las que se encuentran Épila, La Almunia, Bardallur, Lumpiaque o Almonacid de la Sierra. Una práctica que pretende acabar con el desequilibrio poblacional en las especies cinegéticas que se traduce «en graves perjuicios y amenazas para la agricultura y la ganadería, así como para los ecosistemas, y que puede derivar en graves riesgos y afecciones en el ámbito de la sanidad animal y vegetal».

Para el consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente aragonés, «se trata de una acción a medio y largo plazo. No habrá efectos inmediatos, pero estoy convencido de que será una medida eficaz y, de hecho, ha habido una importante demanda para que lo hiciésemos», manifestó, llegando a exponer que en algún momento incluso se les llegó a pedir que se declarase la caza como un trabajo. «Considerarlo un trabajo nos llevaría a otras derivadas, pero hay que reconocer que la labor del control poblacional trasciende con mucho a la actividad deportiva.

De hecho, ya en el decreto-ley aprobado el año pasado se obligaba a los cotos a intensificar la caza del conejo en los municipios donde hay sobrepoblación de conejos y, por lo tanto, daños agrícolas», explicó el consejero.

Por ello, en virtud de dicha orden, «se considerarán expresamente autorizadas en Aragón las actividades cinegéticas cuya exclusiva finalidad sea el control poblacional del jabalí, conejo, corzo, ciervo y cabra montés, conforme a las condiciones que se establecen en la orden», que aclara que en ningún caso es aplicable a los cazadores que no residan en Aragón. Dicha actividad podrá desarrollarse exclusivamente en los términos municipales incluidos en el Plan General de Caza para la temporada 2019-2020 y será necesaria una declaración responsable de cada ayuntamiento.

EVITAR AFECCIONES

La pandemia del covid-19 ha coincidido con la primavera, etapa en la que germina el cereal y aparecen los brotes en los leñosos (vid y frutales), y en la que también se produce el mayor nacimiento de gazapos. Por todo ello, UAGA reclamó al Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente que se permitiese continuar con la caza (del jabalí, conejo, corzo, ciervo y cabra montés) con la exclusiva finalidad de controlar la población de estas especies y evitar mayores afecciones sobre las cosechas. Así, la orden permite el control de esta población en diferentes zonas en la modalidad de hurón, capillo y escopeta. No se autoriza la caza de conejo al salto y no podrán formarse grupos de más de dos personas.

El Ayuntamiento de La Almunia y la Sociedad de Cazadores tramitaron el mismo lunes 20 la documentación que se les requería por lo que ya se puede cazar el conejo en el término municipal en las condiciones que se determinan en dicha orden y con las autorizaciones oportunas.

El Ayunamiento de Épila, como titular del Coto de Caza Z10150, también ha remitido a la Sociedad de Cazadores de Épila las declaraciones responsables que deberán llevar consigo los cazadores que durante el estado de alarma voluntariamente participen en la actividad cinegética en el término municipal de Épila. Igualmente, el agricultor que desee cazar en sus propias parcelas, deberá solicitarlo al ayuntamiento epilense en la cuenta de correo electrónico controlpoblacionalconejoepila@gmail.com. T