Antes de comenzar las vacaciones de verano la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) da una serie de consejos en caso de que el turista decida acudir a una agencia de viajes para contratar sus vacaciones. Así, es conveniente que tenga en cuenta que si desiste del viaje solicitado tendrá derecho a que le devuelvan el importe pero deberá indemnizar a la agencia, pagando los gastos de gestión y anulación, y además una penalización que varia según con cuánto tiempo avise a la agencia. (entre un 5% y un 25% del importe total). Pero si la anulación se debe a causas de fuerza mayor, se tiene derecho a recuperar todas las cantidades.

Por el contrario, en caso de que la agencia cancele el viaje tendrá derecho al reembolso o a un viaje equivalente y además una indemnización que variará también dependiendo de la antelación con la que la agencia anule el viaje (entre un 5% y un 25% de indemnización), salvo que sea por causas de fuerza mayor o se deba a número inferior de personas inscritas al previsto (comunicado por escrito).

Otro de los inconvenientes más frecuentes que sufren los turistas es el overbooking o sobre reserva, que se produce cuando la compañía aérea ha extendido un número de billetes superior al de plazas de avión. Es una situación legal, por extraño que parezca. Por esta causa, la indemnización es automática y tiene derecho a que le devuelva el precio del billete o que le trasladen a su destino de la forma más rápida posible. Si le trasladan en vuelo de clase inferior, deben reembolsarle la diferencia.

La indemnización varía de unos 150 euros a 300 euros (dependiendo de la distancia sea mayor o menor de 3500 kms.).

También tiene derecho a realizar una llamada o enviar un fax y que le sean costeados los gastos del hospedaje y manutención. Además, puede reclamar ante la compañía aérea y si no hay solución, posteriormente ante la Dirección General de Aviación Civil, o a las Juntas Arbitrales de Consumo.

Si se extravía el equipaje o resulta dañado se debe de indemnizar de la siguiente forma: si es un vuelo nacional, la perdida o deterioro del equipaje conlleva una indemnización de hasta 736 euros por unidad; si es un vuelo internacional, la indemnización por retraso, pérdida o deterioro puede estar en 25 euros por kilo. Para el equipaje de mano, la responsabilidad está limitada a 489 euros.

Es importante tener en cuenta los plazos para reclamar, que son diferentes en caso de ser vuelos nacionales (se efectúan en los 10 días siguientes al deterioro o pérdida), o internacionales (en los 7 días siguientes, en caso de deterioro, y de 21 por retraso).

Para exigir indemnizaciones ante los Tribunales, hay que tener en cuenta que el plazo prescribe a los 6 meses, contando desde que se produjo la pérdida o deterioro, en el caso de los vuelos nacionales, y a los 2 años en el caso de los vuelos internacionales.

OMIC DE ZUERA