El Tribunal Supremo ha fallado que los vehículos de transporte con conductor (cuyas marcas comerciales como Cabify se acaban de implantar en Zaragoza) no tienen por qué notificar a la Administración los viajes que realiza. Esta sentencia obliga de nuevo a la DGA a buscar otro tipo de medidas que faciliten la convivencia y la competencia en términos justos entre este modelo de transporte y el servicio que ofrece el taxi y evitar así los agravios.