El derecho civil aragonés, garantizado por la constitución del 78, es uno de los rasgos más importantes de la sociedad aragonesa. Tenemos instituciones civiles que se aplican a diario por los aragoneses, muchas veces con el desconocimiento de que son singulares de nuestra tierra, como el usufructo viudal, la junta de parientes, la especial capacidad del menor aragonés, la amplia libertad para hacer testamento o el derecho expectante de viudedad, entre otras. No en vano Joaquín Costa decía que Aragón se define por el Derecho. Y ello, porque la aplicación de la Ley ha sido una máxima en Aragón, incluso para los reyes, y también porque desde hace siglos mantenemos un derecho civil propio, que ha sido debidamente actualizado, en lo que era necesario, por las Cortes de Aragón, tras un gran trabajo de la Comisión Aragonesa de Derecho Civil y de las iniciativas legislativas de los partidos políticos, culminando su trabajo en el vigente Código de Derecho Foral de Aragón.

Precisamente una de las iniciativas que ha tratado de adaptar nuestro derecho civil a los nuevos tiempos, fue la que presentó el PAR en el año 2010 sobre la custodia compartida, consiguiendo el apoyo de todos los grupos parlamentarios, salvo la abstención de Izquierda Unida. A partir de que se aprobó la ley aragonesa, que fue pionera en España, se fueron reformando las legislaciones civiles de nuestro entorno y el propio código civil español, que mantenía como preferente la custodia individual, que salvo excepciones siempre se concedía a la madre, quedando relegado el padre a un mero régimen de visitas de sus hijos y obligada la madre a la crianza casi en exclusiva de los hijos.

La ley de la custodia compartida era necesaria porque la sociedad estaba cambiando. Ya eran muchas las familias en las que ambos progenitores se ocupaban por igual de los hijos, y el proyecto de futuro de nuestra sociedad era la igualdad de los progenitores en la crianza y educación de los hijos, asumiendo los mismos derechos y obligaciones, siempre en beneficio de los hijos menores.

A juicio del Justicia de Aragón, antes juez de familia, el resultado de la ley durante ocho años, ha sido un éxito, y se ha consolidado una importante jurisprudencia aragonesa en su aplicación, siempre en interés del menor.

Pese a ello, al final de la anterior legislatura (el pasado mes de marzo) y a impulso de Podemos, los partidos de izquierda, que se autodenominan progresistas, modificaron la ley por el procedimiento de urgencia, derogando la custodia compartida, por entender que todavía la sociedad no estaba preparada y era mejor que el juez, sin un criterio del legislador, decidiera el régimen de custodia. Eso sí, el juez, para decidir la custodia debía tener en cuenta la dedicación de cada progenitor al cuidado de los hijos, durante el periodo de convivencia, lo cual, nos lleva de nuevo a un modelo de familia anticuado, hacia el que no camina nuestra sociedad.

Ha bastado una palabra del legislador para tirar a la basura ocho años de progreso en un tema tan delicado como las relaciones familiares, en los casos de ruptura de convivencia de los padres.

Con la nueva composición de las Cortes ha vuelto el debate y debería volverse al consenso del 2010.