La titular del Juzgado de Instrucción número 51 de Madrid decidió trasladar en agosto al Tribunal Supremo una pieza separada de la causa seguida por el asunto de los másteres de la URJC con la finalidad que el alto tribunal decidiera sobre la imputación de Pablo Casado. Al ser aforado, solo el Supremo puede iniciar el procedimiento del líder del PP sobre las presuntas irregularidades detectadas. Así lo expuso Carmen Rodríguez-Medel, que consideró que Casado participó activamente en la trama de unos estudios que se otorgaban como «regalo o prebenda» a determinadas personas. La jueza consideró «indiciariamente acreditada» la «responsabilidad penal» y la «criminalidad» en referencia a los delitos de prevaricación administrativa y cohecho impropio, por lo cual elevó al Supremo su demanda. El mismo Casado reconoció las condiciones ventajosas que le permitieron obtener el diploma en circunstancias como mínimo dudosas. Ahora, la fiscalía del Supremo, aunque su opinión no es vinculante, considera lo contrario. Al no haber indicios de responsabilidad penal, según ella, propone archivar el caso, que -conviene recordarlo- sigue su curso en el mismo juzgado madrileño contra otros imputados sin aforamiento. La Sala de Admisión del TS deberá decidir cómo actuar. Si hace caso del contundente requerimiento de Rodríguez-Medel y abrir la causa o mira hacia otro lado, lo cual sería difícil de entender.