Sorprendentemente, en medio de esta extraordinaria crisis en la que estamos metidos, la ministra de educación ha activado el proyecto de la nueva ley de educación, habiendo terminado el plazo de presentación de enmiendas el día 29 de abril (dicho plazo ha sido ampliado hasta el seis de mayo), justo cuando el parlamento está casi paralizado. A este proyecto de ley se le pueden hacer las mismas críticas que a todas las leyes de educación anteriores, ya que ni antes ni ahora se ha firmado un pacto social a nivel nacional por la calidad de la educación en el que hayan participado todas las fuerzas políticas y los agentes sociales. Una de las cosas que más me ha llamado la atención es que la única crítica que ha tenido eco en bastantes periódicos y, sobre todo, en las redes sociales, haya sido la referida a la escolarización de las personas con algún tipo de discapacidad. Dado que toda mi vida profesional se ha centrado en ese tema y que he realizado algunas investigaciones acerca de ese ámbito, tanto a nivel nacional como internacional, me ha parecido conveniente introducir algo de cordura en ese debate.

Colegios inclusivos

La voz cantante de quienes se oponen al contenido de dicha ley la ha llevado la organización denominada «Educación inclusiva sí, especial también» y el principal lema que ha usado en las redes sociales ha sido éste: «la ministra Celaa quiere cerrar los colegios de educación especial». Después, otras asociaciones de padres y madres de niños con distintos tipos de discapacidad se han unido a esa protesta e igualmente bastantes periódicos digitales. La protesta ha llegado a tal extremo que la propia ministra ha tenido que asomarse a las televisiones para afirmar que no es cierto que este proyecto de ley ordene cerrar ese tipo de colegios.

La manera más sensata para saber quién tiene razón es leer lo que dice al respecto la disposición adicional cuarta de dicho proyecto de ley: el Gobierno velará para que en el plazo de diez años los centros ordinarios cuenten con los recursos necesarios para atender en las mejores condiciones al alumnado con discapacidad. Es evidente que no dice que todos los colegios de educación especial desaparecerán dentro de diez años, pero también lo es que tampoco garantiza que no se cerrarán. Comparando ese texto con los miedos de los sectores que han encabezado la protesta, no hay más remedio que darle la razón a la ministra. Lo que, a mi modo de ver, explica esa desconfianza es que la señora Celaa perdió toda su credibilidad cuando tuvo la ocurrencia de afirmar públicamente que los hijos no pertenecen a los padres.

Lo verdaderamente preocupante es que este debate continúe todavía en nuestro país, ya que a nivel internacional se suscitó en la década de los años setenta del pasado siglo y quedó sustanciado con la aceptación sin ningún tipo de reservas de que todos los colegios debían ser inclusivos, teniendo la obligación de admitir en sus aulas a cualquier niño, independientemente de sus capacidades y de su procedencia étnica o sociocultural.

En España, dicho debate surgió unos años más tarde y quedó zanjado con la aprobación de un Decreto Ley en marzo de 1985 por parte del gobierno socialista presidido por Felipe González, en el que, al igual que en el resto de países, se obligaba a todos los colegios a admitir a los niños con cualquier tipo de discapacidad. Desde ese año hasta hoy, todas las leyes de educación, tanto las del partido socialista como las del popular, han reconocido la obligatoriedad de la educación inclusiva para todos los colegios, a pesar de la coexistencia de ambas modalidades de escolarización (ordinaria y especial), y jamás ha existido problema alguno. Por ello, no entiendo por qué la actual ministra de educación no ha dejado clara la aceptación de ese principio y la coexistencia de ambas redes escolares.

En todos los países del mundo coexisten los colegios ordinarios y los de educación especial, a pesar de que, desde un punto de vista teórico, hay una manifiesta contradicción entre...

Como ocurre en todas las grandes reformas sociales, en su inicio suelen cometerse excesos y así ocurrió cuando hace más de cincuenta años comenzó la entrada de los niños con discapacidad en las escuelas ordinarias. En algún caso se prohibió de golpe la existencia de colegios especiales y se escolarizó a esos niños en los centros ordinarios (el ejemplo más extremo se dio en la región italiana de Emilia Romagna), pero a los pocos años se comprobó que eso era un disparate y nuevamente se aceptó la coexistencia de ambas redes. Desde entonces, en todos los países del mundo coexisten los colegios ordinarios y los de educación especial, a pesar de que, desde un punto de vista teórico, hay una manifiesta contradicción entre la aceptación legal del principio de máxima inclusión en los centros ordinarios y la existencia de colegios de educación especial. Esa contradicción ha sido constatada en las publicaciones e investigaciones sobre el tema, pero nunca ha sido corregida, quizás porque no hay un solo país donde los colegios ordinarios estén preparados para atender las complicadas necesidades educativas de las personas con discapacidad. Y, por supuesto, en todos los informes internacionales se incita a los gobiernos a que acaben cuanto antes con esa contradicción. Por tanto, no hay más remedio que concluir aceptando que la redacción de la disposición adicional cuarta de este nuevo proyecto de ley de educación está en línea con esos estudios internacionales y con las recomendaciones de la propia Unesco.

Otro tema muy diferente es el que se refiere a las ventajas y a los inconvenientes de una y otra modalidad de escolarización para las personas con discapacidad. En líneas generales, hay que reconocer que no hay resultados concluyentes en uno o en otro sentido. Sin embargo, los resultados de las investigaciones comparativas más rigurosas desde el punto de vista de su metodología de análisis, indican que es más ventajosa la escolarización en centros especiales para los niños con discapacidad intelectual media y severa, e igualmente sucede con los que poseen graves trastornos del desarrollo y conductuales. No obstante, queda en el aire poder saber si los resultados serían muy diferentes si esos tipos de niños hubieran estado escolarizados en colegios ordinarios con el mismo equipamiento que los colegios de educación especial. Obviamente, solo hay un modo de saberlo: dotando a los colegios ordinarios de los recursos necesarios para atender en las mejores condiciones al alumnado con discapacidad, tal y como estipula este proyecto de ley.