Era muy improbable que el juez de instrucción José Castro no volviera a imputar a la infanta Cristina en el caso Nóos. Lo intentó en mayo del año pasado bajo la sospecha de que había participado en la malversación de fondos públicos. La Audiencia Provincial de Palma lo rechazó, pero a la vez le instó a que siguiera indagando sobre un eventual delito fiscal y de blanqueo de capitales. Y es lo que ha hecho.

Lleva tres años con este sumario, que es una pieza separada del caso Palma Arena, y nueve meses detrás de la pista de la infanta. Al final, ha redactado un auto de imputación de 227 folios, lo que constituye casi un récord en cuanto a la extensión de los argumentos de una simple imputación. Castro quiere que la hija del Rey preste declaración en marzo en torno a dos presuntos delitos porque considera que se ha lucrado de unos fondos que llegaban a Aizoon, una sociedad de la que era titular del 50% del capital --la otra mitad era de su marido, Iñaki Urdangarin--, desde otra firma, el Instituto Nóos, que legalmente no tenía ánimo de lucro. Para facilitar ese trasiego de recursos, Aizoon facturaba a Nóos servicios no prestados. Además, la pareja imputaba a Aizoon gastos claramente personales, lo que constituye un delito. Numerosos famosos como deportistas, artistas, incluso abogados, se han sentado en el banquillo por ese mismo motivo.

El magistrado asegura que es difícil creer que la infanta Cristina no colaborara directa o indirectamente en el negocio que había montado su marido; que es imposible que no sospechara de la opulencia en que vivían, muy por encima de sus ingresos declarados; que miraba para otro lado; y que incluso debía ser consciente de que su participación en Aizoon era una forma de protegerse de Hacienda. Las pruebas parecen avalar las sospechas del juez en cuanto a su conocimiento de los negocios de Urdangarin.

La larga extensión del fallo permite al juez Castro hacer una serie de valoraciones. Entre ellas, una sobre la ejemplaridad obligada de la conducta de ciertos personajes públicos. También subraya lo saludable que puede resultar para el Estado de derecho el paso de este tipo de ciudadanos por el juzgado, siempre que esté justificado. Quizá sea la parte menos consistente de su argumentación, dado que entra en un terreno más político que judicial, un aspecto del caso que nos ocupa que debe dirimirse en otros ámbitos, no en los judiciales.