El ayuntamiento exige en los pliegos de las concesionarias de servicios públicos, como la de autobuses urbanos, unos mínimos parámetros que deben cumplirse o sancionarse. La concesionaria del bus no alcanza esos mínimos de forma global, con especial incidencia en el mantenimiento de la flota, en las frecuencias, limpieza y disponibilidad de los autobuses. Aunque los parámetros no se desvíen en demasía de los recogidos en el pliego de condiciones, su superación exige que el consistorio adopte las sanciones que correspondan y la obligación de corregir los fallos hasta la idoneidad.