Para que los lectores nos crean cuando escribimos, es conveniente citar argumentos de autoridad. Por esta razón, voy a referirme al último que he leído -hay muchos más sobre el mismo tema- del profesor de la Universidad de Jerusalén, Yuval Noah Harari que, en su obra '21 lecciones para el siglo XXI', entre otras cosas afirma lo siguiente: «Las elecciones tienen siempre que ver con los sentimientos humanos, no con la racionalidad humana». He elegido un autor lejano porque, conociendo a muchos de mis paisanos, en Aragón se valora más lo que viene de lejos que lo más cercano. La autoestima no es nuestro fuerte. Y de paso, el lector comprobará que procuro estar al día: soy más vintage que antiguo.

Intentemos, pues, mover los sentimientos de los aragoneses y dejemos la exquisita racionalidad para los juristas, para los sensatos de pro y los que, tratándose de asuntos de Estado, son más papistas que el Papa. Espero que al final se impongan los sentimientos de la gente -ojalá sea más pronto que tarde- si es que encuentran a quién votar.

Con este preámbulo, entramos en la cuestión que hoy me anima a escribir: la sentencia del Tribunal Constitucional, publicada por los medios de comunicación aragoneses al día siguiente del aniversario de la decapitación del Justicia Juan de Lanuza, un 20 de diciembre de 1591. Sentencia que decapita -declara nulos, total o parcialmente- 23 de los 34 artículos y 3 disposiciones de la ley 8/2018, de actualización de los derechos históricos de Aragón. Ley que fue aprobada por el Parlamento aragonés, con los votos a favor de todos los grupos parlamentarios, menos los del PP y Cs.

Así, el TC suspende o decapita los artículos de la ley que reconocen que Aragón es una nacionalidad histórica de naturaleza foral; la preeminencia de la bandera de Aragón; la recuperación de la gestión del agua; el derecho de Aragón a exigir el retorno de los bienes del patrimonio histórico ubicados fuera de los límites de su territorio; declara también inconstitucional el carácter originario de los derechos históricos del pueblo aragonés.

Pocas reacciones a bote pronto -salvo las tímidas de algunos grupos parlamentarios- se han dejado oír en relación con el varapalo que el TC aplica a nuestra ley. Este medio en el que escribo, tituló con la frase «Los promotores de la ley camuflan su decepción en su perfil institucional». Otro medio hizo referencia a la sentencia con la frase: «El TC pone orden».

Hubo que esperar al 27 de diciembre para que el profesor Jesús Morales Arrizabalaga -asiduo y eficaz colaborador en mi etapa de vicepresidente del gobierno aragonés- publicara en el 'Heraldo de Aragón' un artículo afirmando que «el TC había sido demasiado riguroso con la ley». «Esta ley -continuaba- nació con muy pocas posibilidades de producir efectos, pero creo excesivo el castigo del Tribunal y exageradas las adjetivaciones de muchos comentarios a la sentencia». «La idea de foralidad -añadía- ha recibido un trato mucho más benévolo en los casos de otras comunidades autónomas». También Juan Bolea, el 30 de noviembre, en este periódico, dio en la diana desde la perspectiva más política que jurídica; en la línea que quien esto escribe pretende seguir. Dicho queda y con ello nos quedamos. Así nos va.

Lo primero que deberíamos preguntarnos es: ¿en que perjudicaba a España y a cada una de sus comunidades, el contenido de la ley recurrida por el Partido Popular y por el Gobierno? ¿Duda alguien de la lealtad de Aragón? ¿Por qué la recurrió el PP? ¿Considera el PP de Aragón que el resultado del recurso merece la alegría de algunos, al valorarla como un éxito político? Si es así: ¡que tristeza! ¿La hubiera recurrido el Gobierno si el PP no lo hubiera hecho primero? Sigo haciendo preguntas dirigidas a los corazones que votan: ¿Qué piensan los aragoneses sobre la «no foralidad» de Aragón, cuando al derecho civil aragonés se le denomina derecho foral? ¿Creen los aragoneses que Aragón no es una comunidad histórica? Si es así, ¿de que historia hablamos? ¿Los bienes de las parroquias aragonesas que están fuera de Aragón, pertenecen o no a nuestra comunidad? ¿Cuántas veces nos hemos manifestado los aragoneses en contra del trasvase del Ebro? ¿Son o no son de uso exclusivo de los aragoneses los 6.550 hectómetros cúbicos de la reserva de agua, regulada en el Estatuto? ¿Callará Aragón cuando a otras comunidades con menos derechos históricos -de los de verdad-se les reconozcan privilegios que Aragón nunca tendrá? En definitiva, ¿no sería más inteligente y justo reforzar el papel de las comunidades más leales con España -que Aragón crezca en España- y no el de las que quieren romperla?

No me gustan las ideas políticas asimétricas cuando hablamos de los territorios de nuestro país, porque todas las comunidades formamos parte de la misma unidad. En consecuencia, cuanto más fuertes estén cada una de las partes, más fuerte será el conjunto. Si hablamos, por ejemplo, del cuerpo humano, es evidente que cada una de sus partes tiene características y funciones propias (en política, hechos diferenciales). Pero ninguna parte puede adolecer de fuerza y salud (en política, competencias sin privilegios).

Si no atendemos a estas premisas. España acabará siendo un Estado deforme, más parecido a Frankenstein que a un atleta olímpico. Espero que los aragoneses atiendan mi humilde requerimiento y se conviertan, una vez más, en garantes de una España unida, diversa, equilibrada y justa. O que, en todo caso, si preciso fuera, pongan el grito en el cielo. Recuerden que vamos a empezar una nueva época en la que la solución a los conflictos territoriales creados por algunos, no se llevará a cabo modificando la constitución -no reúnen los votos necesarios para ello- sino mediante procedimientos más torticeros como, por ejemplo, inflar de competencias a las comunidades que el gobierno quiera premiar. ¿El artículo 150 de la Constitución será el instrumento elegido? Léanlo, sobre todo los apartados 1 y 2, y me cuentan.