Se sabía con total certeza que el Tribunal Constitucional admitiría a trámite el recurso contra la Ley aragonesa de Capitalidad. Dado este paso, la suspensión cautelar ha llegado de manera automática. Durante meses, hasta que haya sentencia, la norma que había permitido a ZeC hacerse en exclusiva con el control de las sociedades municipales del ayuntamiento cesaraugustano no se podrá aplicar. ¿Qué significa eso? Pues que, pese a la aparente tranquilidad de los portavoces comunes, según los cuales nada ha cambiado, las citadas sociedades no podrán tomar decisiones (que serían nulas) si sus consejos no vuelven a representar de forma estrictamente proporcional la composición del concejo.

La semana próxima, un Pleno municipal adoptará acuerdos en ese sentido. Cabe suponer que ZeC no podrá resistir el empuje concertado del resto de los grupos, que han convertido la reversión de los consejos en disputa en una cuestión de principios. Sería esta, además, la mejor manera de desbloquear un poco la gestión del ayuntamiento, que actualmente permanece literalmente paralizada.

Un solo artículo, que al principio se propuso para agilizar la actividad de las sociedades municipales no para monopolizar su administración, ha provocado este enorme lío. Su corrección, además de por ortodoxia constitucional, es exigible por pura operatividad institucional.