La Audiencia de Zaragoza ha decidido mantener en libertad provisional a Francisco José Canela Grima, condenado el pasado mes de mayo por un jurado popular a 11 años de cárcel como autor del homicidio de un joven en la localidad de Ricla, tras no apreciar la existencia de riesgo de fuga.

La decisión del tribunal zaragozano se produce unos días después de la celebración de una "vistilla" en la que tanto la fiscalía como la acusación particular, representada por los letrados Cristián Adrián Ánghel y Mariano Montesinos, solicitaron prisión provisional para el procesado debido a la notoriedad de la condena.

En su auto, la Audiencia de Zaragoza admite que en el caso de la condena por el crimen de Ricla concurren los "requisitos objetivos" de la prisión preventiva al existir una condena de 11 años de prisión por homicidio que, sin embargo, no es firme al estar pendiente un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón.

El tribunal aprecia, en contra de los argumentos de las acusaciones sobre el debate social que podría generar el hecho de que un condenado a 11 años permanezca en libertad, las tesis de la defensa, representada por las abogadas Soraya Laborda y Laura Vela, y rechaza el encarcelamiento del acusado.

Los magistrados admiten que la duración de la pena impuesta podría motivar un ánimo de evadirse por parte del procesado, pero subrayan a renglón seguido que las peticiones de pena de las acusaciones en el juicio fueron mucho más elevadas y que, además, el procesado se encuentra en libertad al haber cumplido el tiempo máximo de prisión preventiva.

Destacan, asimismo, que el acusado no ha tratado "en ningún momento" de eludir la acción de la justicia, ha cumplido con las comparecencias impuestas, hizo entrega del pasaporte y cumple con la obligación de permanecer en territorio nacional.

En relación al riesgo de reiteración delictiva, señala la Audiencia que el acusado tiene un trabajo en la actualidad, acude al Proyecto Hombre "con buena disposición" a seguir las normas terapéuticas y acredita también estar sometido a un tratamiento psiquiátrico con antidepresivos y ansiolíticos.

El tribunal condiciona el mantenimiento de la libertad provisional del acusado al cumplimiento de las obligaciones referidas, a las que incluye, "para evitar al máximo el riesgo de reiteración delictiva, la obligatoriedad de continuar el tratamiento de deshabituación en el Centro Solidaridad, así como el psiquiátrico.

Para garantizar el cumplimiento de estas medidas, los magistrados imponen al procesado la exigencia de presentar documentación mensual al tribunal que acredite el seguimiento de los tratamientos requeridos.

Francisco José Canela Grima fue juzgado inicialmente en octubre de 2017 por un tribunal popular, aunque la sentencia, que le condenó a 4 años por homicidio imprudente, fue anulada por falta de motivación del jurado en su veredicto.

El segundo juicio tuvo lugar el pasado mes de mayo y en él resultó condenado a 11 años de prisión, de acuerdo a un veredicto que le consideró responsable de un delito de homicidio.

Los hechos, a tenor del relato del jurado, se produjeron el 11 de enero de 2016 en la bodega del procesado, donde el acusado, tras un forcejeo, disparó la pistola que portaba e hirió mortalmente a su víctima.

Al parecer, el procesado había citado previamente en su bodega a la víctima y a su novia para hablar de unos mensajes obscenos que habían aparecido en el buzón de su domicilio.