El exconcejal de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Banyoles Josep Alsina actuó de forma imprudente en relación con la barca L´Oca , aunque su comportamiento no fue "tan grave" como el de los propietarios de la embarcación, Simó Rodríguez y Bartomeu Gayol . Este es el principal fundamento en el que se basa la sentencia del recurso de apelación, hecha pública ayer por la Audiencia de Gerona, para exculpar --sólo pagará una multa-- al máximo responsable político del naufragio del 8 de octubre de 1998 en el que fallecieron 21 jubilados franceses. La resolución, sin embargo, aumenta hasta tres años de prisión la condena a los dueños del catamarán.

El edil Alsina "obró descuidadamente porque no exigió ningún título al patrón; no comprobó que la nave construida se correspondiese con la proyectada; y no reclamó una póliza de seguro", señala la sala tercera del Palacio de Justicia. El concejal, no obstante, no tuvo nada que ver con que, el día del accidente, los propietarios de L´Oca "no comprobasen el nivel del agua; ni que Gayol realizase una maniobra brusca de desatraque; ni que las sillas careciesen de anclaje; ni que el catamarán no dispusiese de aros salvavidas".

Esta "degradación de la entidad de la imprudencia" provoca que la Audiencia revoque la condena de dos años y medio de cárcel impuesta por un juzgado de Gerona en febrero pasado. Alsina sólo deberá responder por 21 faltas de lesiones por imprudencia leve con resultado de muerte y por 22 faltas de imprudencia leve con resultado de lesiones con una multa de 360 euros (60.000 pesetas), además de abonar su parte proporcional de las indemnizaciones a las víctimas, que ascienden a 3,04 millones de euros (506 millones de pesetas).

Además del exedil, el ayuntamiento, los propietarios y las compañías de seguros también deberán pagar a los damnificados. Los abogados de Simó Rodríguez y Bartomeu Gayol , Carles Monguilod y Narcís Pérez Moratones, respectivamente, se mostraron ayer tranquilos porque "hay patrimonio suficiente para afrontar las indemnizaciones a las víctimas y a sus familias".

PETICION DE INDULTO El letrado Monguilod explicó que los condenados estaban "tristes y afectados" porque la Audiencia no había admitido sus recursos de apelación, pero también estaban satisfechos porque el incremento de dos años y seis meses a tres años de prisión "no comporta el ingreso inmediato en la cárcel".

"Tenemos que hacer una lectura optimista: el aumento en seis meses de la pena es sólo una modificación técnica", observó Monguilod, que también se felicitó por la absolución del exconcejal Josep Alsina, que tildó de "acto justo".