Carol G. R., una vecina de L'Hospitalet de Llobregat (Barcelona), ha sido condenada por un delito de aborto ilegal en grado de tentativa a pesar de que estaba embarazada solo de siete semanas y, por lo tanto, estaba dentro de los supuestos de la ley de plazos vigente, que permite la interrupción libre de la gestación hasta las 14 semanas. El Juzgado Penal número 1 de Barcelona ha impuesto a la mujer una multa de 720 euros (la pena es leve porque no tiene antecedentes y por el tiempo de gestación), pero su abogado, Carlos Soliva, ha recurrido el fallo.

El letrado argumenta que es un caso permitido por la ley de plazos del 2010 (aunque el hecho se remonta al 2008, siempre debe aplicarse en todo proceso judicial la norma vigente más favorable al acusado) y que la mujer no sabía que estaba embarazada, al solo tener un retraso en la menstruación. Además, expone que durante el juicio la fiscalía erró al preguntar siempre sobre un aborto de "siete meses" y no de "siete semanas", como ha quedado acreditado. Esto, a su entender, ha originado la confusión en la jueza y la condena injusta de la acusada.

La sentencia señala que el 2 de octubre del 2008 Carol, que entonces tenía 20 años y ya había dado a luz dos hijos, estaba en su casa con el "ánimo de poner fin a su embarazo" (estaba de siete semanas), ella misma se administró por vía vaginal un medicamento llamado Cytotec (Misoprostol), que habitualmente se utiliza para la interrupción del embarazo. El fármaco no se lo había recetado ningún médico. "No sabía que estaba embarazada y creía que solo tenía un retraso en la menstruación. Una conocida me dijo que con esa pastilla me vendría la regla. No pensaba que iba a tener tantos problemas", asegura Carol.

FUERTE HEMORRAGIA La autoadministración de este medicamento provocó que la joven tuviera que ser asistida en el Hospital General de Cataluña por un dolor en el abdomen y una fuerte hemorragia vaginal. El centro sanitario diagnosticó el embarazo. Los médicos le extrajeron el comprimido de la vagina, "sin que llegara a expulsar el feto por causas ajenas a su voluntad", según la sentencia. De ahí, que la jueza aprecie el delito de aborto en grado de tentativa. Días después, la mujer acudió, por indicación de una asistente social, al centro médico Aragón, donde fue interrumpido el embarazo.

La jueza admite en la sentencia que la acusada reconoció en el juicio que se introdujo la pastilla vía vaginal y que tuvo que ir al hospital por la hemorragia que le sobrevino y que declaró desconocer que estuviera embarazada Sin embargo, no la cree y la condena en base al testimonio de la doctora que atendió a Carol y que aseguró que el medicamento que utilizó la imputada "o sirve para otra cosa que para inducir el aborto, en ningún caso sirve para provocar la menstruación".