La Audiencia de Girona ha condenado a 13 años y medio de prisión a Manuel Muñoz Fúnez, el padre que violó repetidamente a su hija y la dejó embarazada cuatro veces, obligándole a abortar en tres ocasiones. Según la sentencia, los abusos empezaron en 1978, cuando la niña tenía seis años, y duraron hasta 1994, cuando la víctima, que tuvo a los 18 años una hija con un 80% de discapacidad, huyó a Alemania con su madre y se instaló allí. Tardó 14 años en denunciar los abusos, casi al límite de 15 que fija la prescripción.

La sentencia define al condenado como un hombre con un carácter «agresivo y autoritario, que utilizaba con frecuencia la fuerza física contra su mujer e hijos» y que acaba venciendo las reticencias de la niña por el «clima de temor hacia él» que había creado dentro de la familia, porque los había llegado a amenazar con cuchillos o incluso una escopeta de caza.

Las violaciones fueron constantes a lo largo de los años. A los 15 años la niña se quedó embarazada por primera vez y el padre le obligó a abortar en una clínica de Barcelona. Vendría otro aborto y un nuevo embarazo que la joven, ya con 18 años, decidió seguir adelante «a pesar de las amenazas con matarla» por parte del violador. En 1990 tuvo una niña, que nació con una minusvalía psíquica del 80%.

«El acusado la continuó obligando a mantener relaciones sexuales, con 19 años se volvió a quedar embarazada y volvió a abortar», recoge la sentencia. Las violaciones solo acabaron cuando la víctima, acompañada de su madre, huyó el país y se fue a vivir en Alemania, donde vivía otro hermano.

El tribunal de la sección tercera de la Audiencia de Girona ha dado plena credibilidad a la versión de la víctima y concluye que no es extraño que tardara 14 años a denunciar su padre. «Es lógico y comprensible que quien ha sido víctima de una situación tan terrible desde su infancia intentara primero continuar con su vida y olvidar el pasado», recoge la sentencia. Además, hay pruebas que corroboran su versión, como el ADN.

La sentencia también establece que debe de indemnizar a la víctima con 90.000 euros por los «incalculables sufrimientos» a los cuales la sometió.