El uso del delito de sedición contra colectivos que se enfrentan a las decisiones de la Administración no es nuevo en España, aunque no es frecuente y ha cosechado escaso éxito en los tribunales. En situaciones parecidas a las de los dos Jordis y el mayor Trapero y su superintendente se han encontrado presos, desahuciados, concejales y, en el caso más sonado y reciente, más de 600 controladores acusados de haber provocado el caos aéreo del puente de la Constitución del año 2010 con una supuesta huelga salvaje que dejó en tierra a 650.000 viajeros.

El 9 de diciembre del 2010, el entonces fiscal general del Estado, Cándido Conde-Pumpido, anunció que el Ministerio Fiscal pediría «penas de hasta ocho años de cárcel por un presunto delito de sedición» a los controladores por haber no haber seguido los «cauces laborales» establecidos y haber abandonado el puesto de trabajo de modo «premeditado, concertado y colectivo, con un grave daño para los ciudadanos y para España». En su opinión, la situación fue similar al supuesto abandono de un hospital por parte de todos los médicos, dejando tirados a los enfermos.

Pumpido, nombrado por el entonces presidente Rodríguez Zapatero y en la actualidad miembro del Tribunal Constitucional a propuesta del PSOE, hizo estas declaraciones durante una cumbre con los fiscales de los tribunales superiores autonómicos en la que se pretendía unificar doctrina. El Consejo de Ministros ya había decretado por entonces la militarización de las torres y, por vez primera en España, se decretó el estado de alarma.

En los casi siete años que han trascurrido desde entonces no solo no ha habido ninguna condena. Algunas fiscalías ni siquiera llegaron a pedir la imputación por sedición. El resultado es que 20 juzgados de toda España han ido archivando las causas, hasta el punto de que solo quedan dos procedimientos en pie. El de Palma de Mallorca, donde el juez ya ha dictado la apertura de juicio oral contra 82 profesionales, y el de Madrid, que afecta a otros 134, pero que ya no están acusados de sedición, sólo de abandono de servicio.

Las acusaciones sostenían en todos los casos que la tarde del 3 de diciembre, los controladores cogieron la baja de forma masiva y fraudulenta para protestar por el decreto aprobado esa mañana, por el que el Gobierno ampliaba el número de horas que estos profesionales podían hacer a lo largo del año, dado que muchos ya las habían completado y amenazaban con dejar vacíos sus puestos.

NI MAQUIAVELO

El magistrado José Antonio Vázquez Taín, célebre por su actuación en el caso Asunta, es uno de los que más claramente argumentó el archivo de la causa. En su resolución asegura que el cierre del espacio aéreo «no se debió a la falta de controladores», sino que fue «una decisión política de quien tenía competencia para ello». El organismo público tomó la decisión a pesar a «contar con varios aeropuertos en pleno funcionamiento» y con el mismo número de controladores que en otros momentos del año con más tráfico aéreo.

«Ni el propio Maquiavelo en su magnífico El Príncipe es capaz de imaginar un plan tan barroco para lograr un fin», concluye el juez en referencia a los controladores. Después del sobreseimiento de Santiago de Compostela, llegó el de Valencia, donde el fiscal jefe solicitó el sobreseimiento argumentando «que no consta que hubiera cese del servicio de control aéreo por inactividad de los controladores».

Parecidas resoluciones se han ido produciendo también en Burgos, Álava, Cantabria, Asturias, Alicante, Andalucía, Vigo, Reus, Gerona. Los 82 de Mallorca son los que afrontan una peor perspectiva. El auto de apertura de juicio oral, aún sin fecha, les acusa de sedición o, en su defecto, de abandono de servicio y coacciones.