Sedición. Conocemos tan poco de ese término legal que parece el título de una película, pero es la realidad penal a la que se enfrentan los líderes de la Assemblea Nacional Catalana (ANC) y de Òmnium Cultural, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, que actualmente están en prisión provisional.

Además de los 82 controladores de Baleares que se sentarán en el banquillo por el caos aéreo de diciembre del 2010, ¿hay otros casos de sedición en España? Sí, pero cuesta mucho encontrarlos en la jurisprudencia y hay que remitirse a los años 80. Un desahucio, un motín carcelario y una huelga son algunas de las sentencias que llegaron hasta el Supremo.

«SOS al pueblo oscense. Una familia con tres hijos, desahuciada de un piso sindical». Este era el título de unos pasquines con los que los miembros de la asociación de vecinos del Perpetuo Socorro de Huesca intentaron, en 1978, movilizar a la ciudad en contra de que las autoridades desahuciaran a una familia que vivía desde hacía seis años y medio en una casa que pertenecía a la Obra Sindical del Hogar. También se movilizaron en prensa y en radio.

«De nuestra presencia depende que esta familia no vaya a la calle», animaban los convocantes.

La Audiencia de Huesca les condenó, pero en 1980 el alto tribunal anuló el fallo. Entre otros motivos, alegó el «móvil altruista» de los acusados. Tres años más tarde, el Supremo confirmó una sentencia condenatoria por sedición a los responsables de un motín carcelario ocurrido en 1978 en Zaragoza. Varios diputados de UCD y PSOE acudieron al centro penitenciario para realizar un estudio sobre la situación de los presos, que los recibieron al grito de «cabrones, maricones, hijos de puta». Lo que comenzó con un asedio verbal terminó con un motín de proporciones monumentales (hubo hasta muertos). Los jueces confirmaron las acusaciones de «violencia, algarada, desorden, levantamiento, insurrección e incendio».

Huelga general

En 1988, el Tribunal Supremo volvió a estudiar otro caso de sedición. El alcalde la localidad sevillana de Los Corrales había dictado en 1982 un decreto para suspender la actividad municipal y sumarse así a la huelga general convocada por el sindicato de los obreros del campo. El ayuntamiento llegó ese día a abrir sus puertas, pero el regidor fue acusado de sedición por la Audiencia Provincial de Sevilla.

Cuando el asunto llegó al alto tribunal, el acusado salió absuelto. Los jueces del Supremo, además, reprocharon a la audiencia sevillana la «penuria descriptiva» de su sentencia, en la que no se mencionaba ni cuántos habitantes tenía Los Corrales ni qué actividades municipales quedaron suspendidas. La ley especifica que la sedición -impedir por la fuerza o fuera de las vías legales la aplicación de las leyes o impedir a cualquier autoridad o funcionario el legítimo ejercicio de sus funciones o impedir el cumplimiento de resoluciones administrativas o judiciales- tiene que ser «pública y tumultuosa» para que sea considerada delito. En los casos más graves, su pena puede llegar a 10 años de cárcel.

Una curiosidad: Miguel de Lardizábal, consejero de Estado, fue juzgado por sedición a raíz de publicar un manifiesto en 1811 en el que defendía que la soberanía no residía en las Cortes, sino en el Rey.