La retirada de la preferencia del apellido paterno sobre el materno a la hora de inscribir a los recién nacidos tendrá que esperar. Al menos, un año más. La medida, que estaba previsto que entrara en vigor este 30 de junio, se retrasará hasta el 2018 después de que los partidos hayan pactado una enmienda en el Senado que retrasa un año la puesta en marcha de la reforma del Registro Civil, incluida en la modificación de la ley de jurisdicción voluntaria.

El PP pretendía que la entrada en vigor de la reforma del Registro Civil aprobada por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero en el 2011 se retrasara dos años, para tener tiempo de acometer los cambios, pero el acuerdo entre los grupos lo ha dejado en un año.

La reforma socialista pasaba por que la gestión del registro quedara en manos de los letrados de la Administración de la Justicia (antes, secretarios judiciales) para que los jueces se dedicaran a la función jurisdiccional: juzgar y dictar sentencia. Durante toda la legislatura en la que Mariano Rajoy gobernó con mayoría absoluta, se trató de modificar el proyecto de reforma y cualquier intento naufragó entre polémica y polémica.

De la propuesta socialista de que se encargaran de los registros los letrados, se pasó a entregar su gestión a los registradores de la propiedad, y luego a los mercantiles. Según las últimas manifestaciones del Ministerio de Justicia, serán los secretarios judiciales los que finalmente se hagan cargo del servicio, como proponía hace seis años el PSOE. De esta forma, el ministro Rafael Catalá pretende despejar definitivamente cualquiera de las dudas sobre la privatización del servicio que acompañaron al mandato de Alberto Ruiz-Gallardón al frente de Justicia.

Previsiblemente será en el pleno del Senado de la próxima semana donde se aprobará la enmienda pactada entre los grupos para retrasar la entrada en vigor del nuevo registro y con él la del fin de la preferencia del apellido paterno. La tramitación continuará en el Congreso. Es allí donde se podría incluir alguna excepción en relación a aspectos puntuales de la reforma, como podría ser la de la preferencia de los apellidos.

ACUERDO ENTRE PROGENITORES / Desde el año 2000, los progenitores pueden optar por el apellido materno o el paterno, siempre que exista acuerdo entre ellos. En caso de desacuerdo, decide el funcionario del registro. Si no, la preferencia se le otorga al padre. «El PP justifica estos recurrentes aplazamientos en que faltan medios tecnológicos e informáticos para desarrollar la nueva ley», dicen los expertos, quienes admiten que todo debe estar en funcionamiento una vez el ciudadano acceda a la nueva ley», informa Beatriz Pérez.

«Es una ley que respeta la igualdad, pero es posible que genere problemas, ya que exige un acuerdo entre padres y madres y, de no haberlo, decidirá el encargado del registro civil haciendo prevalecer el interés del menor. Pero puede ser que haya recursos a la decisión de este encargado, pero esto solo lo sabremos cuando la ley esté en vigor. En muchos países desarrollados el apellido del padre va por delante, y la madre incluso pierde el suyo una vez se casa, y asume el apellido del marido», recuerdan.