El embrollo de los apellidos no cesa. El apelativo del padre dejará de ser desde este 30 de junio el preferente en la inscripción de los recién nacidos en el Registro Civil y no dentro de un año como había acordado el Senado, que tenía previsto enmendar la propuesta inicial que fijaba esta fecha. Finalmente, los grupos parlamentarios, a iniciativa del PP, están negociando una nueva enmienda para permitir que este cambio entre en vigor de forma casi inmediata, no así el resto de modificaciones del Código Civil y del Registro Civil que acompañan a esta normativa, que lo harán el 30 de junio del 2018.

Así lo confirmó ayer la senadora del PP Severa González, que aseguró que este cambio en el dictamen de la ponencia, ya aprobado en comisión, se ha estado consensuando con el resto de los grupos parlamentarios para que se apruebe en el pleno de hoy. «Tiene que ser una propuesta conjunta y no de un solo grupo», explicó la senadora que cuenta ya con el visto bueno del PSOE, grupo Mixto y PNV.

Según González, la reforma del Registro Civil y del Código Civil requiere más tiempo para llevar a cabo una serie de adaptaciones tecnológicas, informáticas y de formación del personal y que, por este motivo, se incluyó en el dictamen una enmienda del PP para ampliar el plazo de entrada en vigor. No obstante, sobre el orden de los apellidos, la senadora señaló que estas adaptaciones están listas, por lo que no es preciso esperar más tiempo.

Si bien señaló que se podía haber hecho antes, pues la reforma es del 2011, también explicó que el año de interinidad del Gobierno y la prórroga presupuestaria han propiciado el retraso. No obstante, aseguró que en el 2018 ya tiene que estar todo listo para la entrada en vigor de la normativa, que tiene que volver al Congreso para la aprobación definitiva.

La Dirección General de los Registros y del Notariado del Ministerio de Justicia prevé que en la mayoría de casos existirá acuerdo entre el padre y la madre en el orden de los apellidos por lo que no ocasionará retrasos ni mayor volumen de trabajo.

Desde el 2000 se permite inscribir al niño con el apellido de la madre en primer lugar, si los padres envían una solicitud al juez encargado del Registro Civil y una declaración de mutuo acuerdo sobre el cambio.