El fiscal de Medio Ambiente de la Fiscalía General del Estado abrió ayer diligencias en relación con una eventual retirada del área de bajas emisiones de Madrid Central por parte del Ayuntamiento de Madrid, atendiendo así a una petición de la asociación El Defensor del Paciente.

La fiscalía responde a un escrito de la presidenta de la asociación Carmen Flores, que el pasado 27 de mayo solicitó su intervención «en el caso de la retirada de Madrid Central, con lo que supone para la salud de los ciudadanos que deben soportar la gran contaminación de la zona».

La asociación basó su petición en el artículo 262 de la ley de enjuiciamiento criminal que obliga a quienes por su cargo, profesión u oficio tuvieren noticia de algún delito público a denunciarlo al juez o al fiscal.

Para el Defensor del Paciente, no mantener la zona de bajas emisiones para evitar la «boina» de contaminación que respiran todos los ciudadanos, «supone un atentado contra la salud pública», sobre todo para quienes sufren del corazón o pulmón.

En su respuesta, el fiscal de Sala de Medio Ambiente y Urbanismo comunica al Defensor del Paciente que «será informado de la decisión que se adopte a la vista del resultado de las diligencias que se practiquen», anunció ayer la asociación.

El nuevo gobierno municipal, dirigido por José Luis Martínez Almeida (PP), decidió el 1 de julio dejar de multar a los conductores no residentes que circulasen por Madrid Central, mediante una moratoria que tenía previsto extender hasta el 30 de septiembre, pero por decisión judicial las multas volvieron a aplicarse el 8 de julio.

TERCER AUTO

Pero, además, horas antes del anuncio de la fiscalía, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 7 de Madrid decidió, en otro nuevo auto, suspender la moratoria de sanciones de Madrid Central, en la dirección que ya lo hizo el pasado martes en otra resolución y coincidiendo con el fallo del Juzgado número 24, que también acordó mantener las multas.

De este modo, en el auto fechado a 19 de julio, acordó conceder la medida cautelar solicitada por Greenpeace España y suspende la resolución del 27 de junio del 2019 dictada por el Ayuntamiento de Madrid por la que se acordaba la moratoria de las sanciones de Madrid Central.

El magistrado expone que «la protección a la salud y al medio ambiente son principios que deben regir la actuación de los poderes públicos, y en este caso en mayor medida, dado que se está suprimiendo una actuación tendente a proteger ambos bienes sin ofrecer alternativas».

Respecto al régimen sancionador, el juez afirma que «la Administración cuenta con medios suficientes para depurar las anomalías en un procedimiento sancionador (...) y para ello no es imprescindible eliminar la vigencia de la zona de bajas emisiones». Contra este auto cabe la interposición de recurso.