El suicidio asistido de María José Carrasco, con ayuda de su marido, Ángel Hernández, no será finalmente investigado por un juzgado de violencia machista, después de que la jueza se haya inhibido dado que existió una petición «seria y explícita» de la mujer de querer acabar con su vida. Esta jueza ha rehusado la inhibición del juzgado de instrucción número 25 respecto del asunto de este caso, al entender que la solicitud expresada a su marido «de forma seria e inequívoca» por parte de la esposa de poner fin a su vida, convierte este presunto delito en una excepción respecto a las conductas recogidas en la ley integral de violencia sobre la mujer.

«Si no hubiera existido esta solicitud expresa, seria e inequívoca de que la ayudaran a morir hablaríamos de lo contrario», recoge el auto, que a continuación añade que, desde una perspectiva criminológica, este auxilio al suicidio de la persona enferma grave que lo solicita expresamente «no es la manifestación de ningún tipo de violencia física, psíquica o limitación de la libertad».

«La inclusión en el ámbito de competencia de los Juzgados de Violencia Sobre la Mujer supone una interpretación literal incompatible con el objeto y la finalidad de estos juzgados», entiende la magistrada al respecto. Por ello, señala que «también desde una interpretación social de la ley se deduce que el auxilio al suicidio previsto en el artículo 143.4 del Código Penal no puede formar parte de las competencias de los Juzgados de Violencia de Mujer».

La Fiscalía mantuvo que la conducta de Ángel Hernández no supone una manifestación de supremacía ni de subordinación de su mujer y recuerda que se ocupó en primera persona de los cuidados personales de María José durante el padecimiento de su grave enfermedad hasta su muerte.