Un grave error. Un juez de Figueras ha impuesto una pena mínima a un hombre que llevaba 17,6 kilos de marihuana en un coche porque el pesaje de la sustancia efectuado por la Guardia Civil no fue «oficial», se hizo sin las suficientes garantías y, por lo tanto, no es válido. La sentencia apunta que debía haberse realizado en un laboratorio. El magistrado solo ha podido condenar a un año de prisión a D. R., para quien el fiscal reclamaba cuatro años por tráfico de drogas, en atención a los 125,2 gramos que se llevaron a analizar al Instituto Nacional de Toxicología. Es decir, el acusado no ingresará en la cárcel.

Sobre las 7.15 horas del 4 de mayo del 2015, D. R., de nacionalidad albanesa, conducía un vehículo por la AP-7 en sentido Francia. Antes de llegar a la frontera, una patrulla de la Guardia Civil que hacía un control aleatorio antidroga le dio el alto. El acusado omitió la orden y aceleró bruscamente.

Al cabo de unos metros, abandonó el coche en medio de la autopista, sin ponerle el freno de mano. Al encontrarse el turismo en una zona con pendiente, colisionó con un vehículo policial, causando daños en el mismo. El acusado fue interceptado, posteriormente. Dentro del coche que conducía el acusado se encontró una «sustancia vegetal» que resultó ser marihuana. Habían más de 17,6 kilos, pero solo 125,2 gramos se llevaron a analizar.

El abogado del acusado, Daniel Salvador, del despacho Vosseler, fue hábil y se dio cuenta de que algo fallaba en el atestado. En el juicio argumentó que el único pesaje de la droga no era válido, ya que se hizo en dependencias de la Guardia Civil y sin las garantías legales necesarias. El juez admitió este argumento.

La sentencia es contundente: «Se considera que el acusado portaba en su vehículo la cantidad de 17,6 kilos, peso bruto, de una sustancia que resultó ser Cannabis sativa». Añade que «tal cantidad vino determinada por el pesaje no oficial realizado por la Guardia Civil en sus dependencias», pero precisa que los 125 gramos por los que ha sido condenado no pueden considerarse una cantidad para autoconsumo. El juez destaca que «el único pesaje válido es el que se produce en el laboratorio, pues es solo en ese lugar donde se calibra con auténtica precisión tanto el peso bruto como el neto». Y agrega que en el caso del acusado, el «pesaje no oficial elaborado por la Guardia Civil» no puede ser considerado «como prueba de cargo válida» por «no haber sido obtenido respetando todas las garantías legales que amparan al acusado».