LOS HOMOSEXUALES SERAN BENEFICIARIOS DE DERECHOS SIMILARES A LOS DE CUALQUIER MATRIMONIO.

Adopción La ley actual no prohíbe a un gay adoptar de manera individual, pero sí como pareja. Los matrimonios del mismo sexo podrán hacerlo, salvo que choquen con las leyes de otros países que lo impiden.

Herencias En caso de fallecimiento de uno de los cónyuges, podrán heredar entre un tercio y el 50% de todos los bienes, salvo que haya separación previa.

Divorcio Se regirán por las mismas normas que las parejas heterosexuales. Tendrán derecho a una pensión compensatoria si hay desequilibrio económico entre los dos miembros. El juez fijará el régimen de visitas en caso de que se tengan hijos.

Pensiones Podrá aumentar la de jubilación si tiene un cónyuge a su cargo, y el superviviente podrá ser beneficiario de la de viudedad.

Fiscalidad Podrán hacer la declaración del IRPF conjunta y disfrutar de las rebajas fiscales al matrimonio.

Laborales Tendrán derecho a traslados si la pareja trabaja en la misma empresa y disfrutar de permisos a la vez.

Inmigrantes Tendrán derecho de residencia y reagrupación familiar cuando el cónyuge sea extranjero.