El Juzgado de lo Penal número 12 de Valencia ha condenado a nueve meses de prisión a una persona por un delito reiterado de maltrato animal. Es una condena que provocará la entrada en la cárcel del acusado, al acumular condenas anteriores por el mismo motivo. La sentencia se produjo por acuerdo previo con las partes acusadoras, Fiscalía y la protectora Modepran y llegaba después de que el acusado ya estuviera en prisión provisional por esta causa.

Se trata de un caso que, en su momento, causó bastante conmoción por la gran cantidad de animales maltratados que le fueron encontrados. Los hechos probados traslada al año 2016 y cuentan que al acusado se le encontraron en una primera ocasión doce perros (nueve de raza American Staffordshire Terrier y tres de la raza Bulterrier, ocho de ellos sin chip) tras una denuncia vecinal. Se comprobó que los animales «presentaban un aspecto físico deplorable, sucios, con signos de dejadez y atención, con heridas y cicatrices compatibles con mordiscos de otros perros, dermatitis generalizada, con pústulas, costras e infecciones bacterianas. Dichas heridas y enfermedades fueron ignoradas deliberadamente por el acusado, quien no proporcionó a los animales tratamiento ni atención alguna, llegando a tener en su domicilio una garrafa de anticongelante abierta y de la cual, al parecer, llegaron a beber los animales. Dichos perros le fueron incautados. Uno de ellos, finalmente, falleció». En la actualidad, todos los animales tienen nuevos dueños.

Reincidencia

La reincidencia se produjo dos meses después cuando, en una nueva intervención policial, se le encontró un perro de la raza Bulterrier que presentaba heridas en la cara y cuello. Y por tercera vez, aún en el mismo año 2016, cuando la policía acudía a entregarle la notificación por la que se le prohibía la tenencia de animales, se comprobó que estaba intentando esconder otro animal, un American Staffordshire Terrier, también en un estado deplorable. Descrito en el auto con «una elevada parasitación por pulgas y un alto grado de estrés y miedo».

Previamente, la Audiencia Provincial había establecido una medida pionera, consistente en la prohibición al acusado de poseer perros hasta que la sentencia fuera firme.

La sentencia ha considerado el agravante de reiteración y los atenuantes de trastorno mental y dilaciones indebidas.

Preocupación por la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal

Esta sentencia coincide en el tiempo con la preocupación manifestada por siete asociaciones animalistas de toda España, incluyendo a Abogados Valencianos en Defensa Animal han manifestado su "preocupación" por el Anteproyecto de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que prevé cambiar radicalmente el sistema actual que rige en los procedimientos penales. "Por una parte, se elimina la posibilidad de formular la acusación popular en delitos que tienen trascendencia social, como los de maltrato y abandono animal, y los delitos contra la fauna. También en otros de singular relevancia, como la trata de personas, los delitos contra los extranjeros, o el terrorismo. En lo relacionado con los animales se da la circunstancia que en los últimos años los avances que ha habido en relación a su protección se han logrado a través de las acusaciones populares y particulares. De ahí la importancia de su continuidad".

Por otra parte, "también se limita la posibilidad de formular acusación particular a las asociaciones de protección animal ya que no se las va a considerar como ofendidas ni como perjudicadas por los delitos aunque corran con los gastos de los animales maltratados o abandonados".