La Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional ha confirmado la sanción de 60.001 euros y prohibición de acceder a recintos deportivos durante cinco años que impuso el secretario de Estado de Seguridad a un hombre que publicó en la red social Twitter comentarios alegrándose de la muerte de un seguidor del Deportivo de la Coruña, Francisco Javier Romero Taboada, 'Jimmy', en noviembre de 2014, tras una pelea con hinchas del Atlético de Madrid.

Los magistrados consideran que esos tuits publicados por el sancionado vulneraron la Ley 19/2007 contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte y deben calificarse como una infracción muy grave, por lo que consideran proporcionada la sanción impuesta.

Tras la reyerta que se produjo en la ribera del Manzanares el 30 de noviembre de 2014, Raúl García Ramos publicó varios comentarios en Twitter: “Quiero manifestar mi más absoluta y sincera alegría por la muerte del Depor. Un hijo de puta que no la liará otra vez. Ojalá mueran más”y “Los del Frente Atlético asesinos, tenéis retrasito, verdad? Habían quedado para pegarse ambas partes. La lástima es que sólo ha muerto uno”.

El secretario de Estado de Seguridad impuso una sanción por infracción muy grave en relación con los artículos 2.1ª y 27.1e de la Ley 19/2007 contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte. El sancionado la recurrió ante la Audiencia Nacional, que ahora la ha confirmado.

INCITACIÓN A LA VIOLENCIA EN EL FUTBOL

En su sentencia, el presidente de la Sección Quinta, José María Gil Sáez, descarta que el recurrente no fuera el autor de los tuits y concluye que basta su mera lectura para apreciar que “conllevan una clara incitación a la violencia y agresión entre los participantes de encuentros deportivos, generándose un ambiente hostil y de promoción del enfrentamiento entre los seguidores de los equipos de fútbol”.

La Sala rechaza la falta de proporcionalidad esgrimida por el recurrente, puesto que la sanción ha sido fijada en su mínimo cuantitativo y considera que la prohibición de acceder a recintos deportivos es “acorde a la gravedad de los hechos en los que se generó la conducta enjuiciada, con la muerte de un hincha de uno de los equipos contendientes y la grave repercusión y alarma social que estos hechos generaron en la opinión pública, unido al interés público de adoptar una política firme en la erradicación de la violencia en el deporte”.