Los inmigrantes deberán llevar un mínimo de seis meses empadronados en algún municipio español para poder acogerse al proceso de regularización extraordinaria que se abrirá con la entrada en vigor del nuevo reglamento de la ley de extranjería. Esa es una de las condiciones que figuran en el borrador de esta norma que hoy debe ser aprobada por representantes del Gobierno, los empresarios y los sindicatos.

Salvo modificaciones de última hora en la reunión de hoy, el documento establece, además, que el proceso de regularización durará tres meses y se abrirá en el momento en que entre en vigor el reglamento. Podrán acogerse los inmigrantes que tengan un contrato de trabajo de al menos seis meses.

En la construcción y la hostelería, el contrato podrá ser discontinuo, pero deberá sumar los seis meses durante un año. En la agricultura deberá ser de tres meses. Para los empleados domésticos se establece un mínimo de 30 horas semanales a los largo de seis meses.

La solicitud ante la Administración deberá ser presentada por el empleador, entregando una copia del contrato, cuya entrada en vigor se condicionará a la concesión del permiso. Después, dispondrá de un mes para darlo de alta en la Seguridad Social. Para los empleados domésticos que trabajen en diferentes hogares y no tengan derecho a contrato, se establece un mínimo de 30 horas semanales durante seis meses. El borrador no recoge que el empleado deba haber estado trabajando irregularmente con el empresario ni obliga a éste a ponerse al día en el pago de las cuotas a la Seguridad Social como se había dicho.