El Instituto Nacional de Toxicología (INT) ha criticado que su informe sobre dosis psicoactivas haya sido utilizado por el Tribunal Supremo (TS) para establecer las cantidades mínimas de droga cuya venta será considerada como delito de tráfico. "Los baremos, elaborados a partir de un criterio estrictamente científico, nunca fueron establecidos para fijar condenas", advirtió la directora del INT, Josefina Gómez.

El INT se desmarca de la decisión del alto tribunal de establecer, a través de una sentencia que sienta jurisprudencia, que las transacciones a partir de 50 miligramos de cocaína, 10 miligramos de hachís, 20 miligramos de éxtasis y 0,66 miligramos de heroína serán castigadas con penas de tres años de cárcel.

Por primera vez en Europa, el TS se basa en el informe para fijar que estas "dosis mínimas psicoactivas", aunque nimias, resultan nocivas para la salud y, por tanto, su venta constituye un delito contra la salud pública. En contraposición, la directora del Instituto Nacional de Toxicología apuntó que la dosis mínima psicoactiva sólo indica la cantidad de una sustancia química, de origen natural o sintético, que tiene efectos en el organismo. "Pero no necesariamente se trata de una intoxicación", añadió Josefina Gómez.

DISCUTIBLE Para la directora de Toxicología, hasta es posible que las dosis establecidas en el informe se obtuvieran por ensayos de laboratorio, o por extrapolación de pruebas en animales. "Sería discutible que la dosis psicoactiva, por ser demasiado baja, pueda servir para establecer la penalidad", insistió Gómez.

El doctor José Cabrera, autor del informe, insistió en que la interpretación de que a partir de esa cantidad se trafica y se puede condenar a quien la venda corresponde al tribunal. "Este baremo va contra el camellete y supone un endurecimiento de la legislación que repercutirá en unas 200 sentencias condenatorias anuales más", calculó Cabrera.

Igual dará vender una papelina de coca que 50. La pena, tres años de cárcel. "Una desproporción preocupante", en opinión de la presidenta de la sección de Derecho Penal del Colegio de Abogados de Barcelona, Berta del Castillo, que completa su reflexión: "Es un golpe a la marginalidad, porque quien vende una cantidad tan pequeña es, generalmente, un toxicómano que se está garantizando su propio consumo".

La abogada recuerda que entre el menudeo y las cantidades de notoria importancia --750 gramos actualmente en el caso de la cocaína-- hay un tráfico intermedio lucrativo. "Penar este negocio igual que el trapicheo demuestra una clara desproporción", aseguró Del Castillo.

TOXICOMANOS A LA CARCEL Es una reflexión compartida por expertos y asociaciones que atienden a personas adictas. "El drogodependiente no tiene en muchos casos otra alternativa que vender droga o robar. Los nuevos criterios llenarán aún más las cárceles de toxicómanos", asegura indignado Luciano Poyato, presidente de la Unión Española de Asociaciones y Entidades de Atención al Drogodependiente. "Hacen falta políticas de prevención en lugar de encarcelar a drogodependientes por la venta de dosis", agregó Poyato.