El umbral del delito fiscal se eleva a partir de hoy de 90.000 euros (15 millones de pesetas) a 120.000 (20 millones de pesetas), un 33%, con la entrada en vigor de la reforma del Código Penal aprobada en el 2003 por el Gobierno del PP. La misma cantidad opera para el fraude con las cuotas de la Seguridad Social.

Esta modificación paralizó expedientes cuya cuota defraudada se encontraba entre 90.000 y los 119.999 euros, lo que puede afectar en torno al 4% del total, según la Agencia Tributaria. El nuevo marco legal con el que el PSOE se mostró contrario antes de ganar las elecciones aborda también la responsabilidad penal de las sociedades (personas jurídicas).

Según despachos de asesorías fiscales consultados, los expedientes se paralizaron a la espera de la entrada en vigor de la nueva norma con acuerdo con los inspectores de Hacienda y con el objetivo de evitar futuros conflictos. El hecho de que las personas jurídicas puedan ser imputadas hará que cuando se imponga la pena de multa a un administrador por hechos relacionados con la actividad de la sociedad, ésta sera responsable del pago de manera directa y solidaria, explicó el abogado Oscar Morales, responsable del área Penal de Uría & Menéndez, durante un seminario sobre el delito fiscal organizado por la patronal Foment.

El año pasado, los tribunales dictaron 62 sentencias condenatorias por delito fiscal sobre un total de 92 emitidas.