Las mujeres que han sido víctimas de violencia de género podrán empadronarse cuando se encuentren en residencias, pisos tutelados o casas de acogida.

Según explica el Ministerio de Política Territorial y Función Pública, este cambio normativo ha sido posible gracias al grupo de trabajo integrado por representantes de ese departamento, Igualdad, Defensor del Pueblo, INE, la Federación de Municipios y Provincias y la Oficina del Censo.

Se trata de una modificación de las instrucciones a los ayuntamientos en materia de gestión padronal en relación con el empadronamiento de las víctimas de violencia de género y que el INE procederá a iniciar su tramitación haciendo efectiva en próximas fechas.

De esta forma, las víctimas "que residan o se encuentren bajo el amparo de la red de recursos de asistencia social integral, como pisos tutelados, casas de acogida u otros recursos de la citada red, y cuando no sea posible el empadronamiento en el domicilio real por razones de seguridad, este podrá llevarse a cabo en lugar que determinen los Servicios Sociales del municipio en el que efectivamente residan".

En diciembre de 2019, el Defensor del Pueblo hizo una recomendación en este sentido. Al priorizar la seguridad de las víctimas, no se empadronan donde realmente residen y se originan problemas en el acceso a los servicios públicos municipales, en especial cuando hay menores en edad de escolarización.