La Policía ha detenido en Segovia a un hombre como presunto responsable del secuestro de cuatro mujeres cerca del Hospital La Paz, en Madrid, a las que después violaba. Se trata de Pedro Luis Gallego, conocido como el 'violador del ascensor', puesto en libertad a finales de 2013 en aplicación de la derogación de la doctrina Parot.

Desde hace meses y tras las denuncias de dos mujeres, los investigadores buscaban a este violador que, a punta de pistola, raptaba en la calle de Arzobispo Morcillo, situada en el distrito de Fuencarral-El Pardo, muy cerca de La Paz, a mujeres para después trasladarlas a otro lugar y agredirlas sexualmente.

Se le imputan cuatro agresiones sexuales, dos de ellas consumadas y otras dos en grado de tentativa, ha informado a Efe la Jefatura Superior de Policía de Madrid.

CONDENADO POR ASESINATO

Pedro Luis Gallego, de 59 años de edad, fue condenado a 273 años de prisión por el asesinato de la joven burgalesa Marta Obregón en enero de 1992 y la muerte de Leticia Lebrato, de 17 años, en julio de 1992, además de 18 agresiones sexuales y violaciones.

A los 19 años, en 1976, cometió su primera agresión pero no ingresó en prisión hasta el 20 de junio de 1979. Salió de la cárcel y volvió entrar en varias ocasiones tras reincidir en sus delitos hasta mediados de los años 90, cuando fue condenado y encarcelado por última vez.

Aprovechaba su profesión como mecánico de ascensores para acceder a los portales de sus víctimas. Su 'modus operandi' para consumar su agresión era el de esperar a que entraran en el portal de su vivienda para, al llegar al ascensor, sujetarlas e introducirlas en el habitáculo para forzarlas de modo muy cruel, según testificaron sus víctimas.

En el 2012 la Sala de los Penal del Tribunal Supremo acordó que no saliera de la cárcel hasta el año 2022 gracias a la doctrina Parot, por lo que al reo no se le aplican los beneficios penitenciarios sobre el máximo de 30 años de cumplimiento de condena, sino sobre el conjunto de la pena global.

Sin embargo, Tribunal Europeo de Derechos Humanos(TEDH) resolvió definitivamente en un recurso presentado por una condenada de ETA que la aplicación de la doctrina Parot con carácter retroactivo vulneraba los artículos 7 y 5.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, por lo que tanto el 'violador del ascensor' como otros conocidos violadores en serie y decenas de terroristas.