El notario debe explicar al cliente los aspectos más importantes y relevantes del préstamo hipotecario, y posteriormente redactará un acta notarial, que será gratuita, en la que dejará constancia de los hechos comprobados y de las explicaciones dadas al consumidor, así como de las preguntas que este le haya planteado con sus respectivas respuestas. Para poder ejecutar la hipoteca es necesario un impago de 12 cuotas o del 3% del préstamo.

El notario se asegurará de que ha recibido el proyecto de contrato del préstamo; la Ficha Europea de Información Normalizada (FEIN); la Ficha de Advertencias Estandarizadas (FiAE); la simulación de las cuotas periódicas que debería satisfacer en diferentes escenarios de evolución y un documento sobre los gastos asociados a la escritura. La FEIN es el documento que sustituye a la antigua FIRPE. Se trata de la oferta personalizada del préstamo y tiene carácter vinculante.

La nueva ley refuerza el papel de los notarios. Los clientes lo eligirán y tendrán que hacerle dos visitas, en lugar de una. El notario deberá comprobar que el banco le ha entregado un mínimo de 10 días antes de la firma la nueva documentación que fija la ley. El periodo precontractual comenzará a contar, según la información que recoge el Boletín Oficial del Estado (BOE), a partir del momento en el que se reconoce la firma del cliente.