El 97% de las reclamaciones que llegan a la Dirección General de Consumo en materia de vivienda termina en infracción administrativa y sanción, y sólo el 3% prospera en mediación o resolución de la Junta Arbitral de Consumo. De hecho, ninguna empresa ligada a la construcción está acogida al Sistema Arbitral de Consumo, por lo que los afectados que escogen esta vía buscan, ante todo, la paralización de los plazos de garantía de las obras mientras acuden a los tribunales para resarcirse de los daños y perjuicios.

La vivienda es el segundo sector que más denuncias acumula, después de la telefonía. En el 2003, la Dirección General de Consumo recibió 735 quejas relacionados con los distintos servicios vinculados a la construcción, lo que suponen el 17,7% del total interpuesto (4.144 reclamaciones). Sin embargo, sólo en la Unión de Consumidores de Aragón (UCA) reciben anualmente una media de 1.200 a 1.300 denuncias, la mitad de ellas relacionadas con la vivienda de nueva construcción.

Y es que desde hace cuatro o cinco años los expertos han visto cómo desaparecía un modelo profesional ligado a una plantilla y a unos oficios determinados. Un sistema que ha sido sustituido por otro basado, en su mayoría, en la concatenación de subcontratas, con menor responsabilidad, y que cobran por obra construida.

De esta manera, en la casi totalidad de las viviendas que se entregan se detectan desperfectos. "Parece como si ya se diese por supuesto en el sector que siempre hay que revisar las viviendas con la entrega de llaves", admite José Angel Oliván, presidente de la UCA.

Lamentablemente, cada vez son más quienes tienen que acudir a los tribunales para solucionar los problemas con sus casas. No obstante, el Departamento de Vivienda del Gobierno aragonés ha anunciado la presentación, para el próximo año, de una ley aragonesa de vivienda, que se encargaría de regular todo el mercado libre, ya que el protegido está suficientemente controlado con la Ley de VPO aprobada en diciembre del pasado año.

Sin embargo, la Administración cuenta con la potestad, a través de Consumo, de iniciar un expediente que paraliza los plazos de las diferentes garantías de las obras. Como recuerda el director general de Consumo, Angel Luis Monge, la ley nacional de Ordenación de la Edificación establece un año de garantía para las deficiencias en los acabados y la estética de los elementos; tres años de garantía para las deficiencias de habitabilidad, como calefacciones, fontanerías, filtraciones o humedades; y diez años para deficiencias estructurales, de resistencia y estabilidad de la vivienda.