El Ayuntamiento de Zaragoza deberá asumir el pago íntegro de los 9.643.015,76 euros que las reiteradas sentencias judiciales han acreditado que costaba la expropiación de terreno que en el 2007 acordó expropiar para ejecutar unas obras para el plan de riberas de la Expo del 2008. Este es el justiprecio definitivo que fijó el fallo del Tribunal Supremo para estas tres porciones de terreno de más de 12.600 metros cuadrados que se le restaron al centro deportivo privado en la margen derecha del Ebro. Una cuantía a la que, no obstante, hay que descontar los 2.348.467,86 euros que ya abonó pero a la que ahora, tras el último recurso se sumarás los intereses correspondientes por la demora más la condena en costas que el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) decretó en su auto del pasado mes de julio, cuando la propiedad solicitó la ejecución de la sentencia del Alto tribunal.

El consistorio se ha quedado sin salidas en un callejón jurídico en el que ni siquiera la última puerta a la que tocó ha atendido su llamada. Se trata del recurso interpuesto al fallo amparándose en el Consejo Consultivo de Aragón para presentarle nueva documentación que, según el ayuntamiento, acreditaba que estas tres porciones de terreno en realidad pertenecían al dominio público hidráulico y que se inscribió de forma irregular en 1974 en el Registro de la Propiedad por parte de los dueños del Tiro de Pichón.

LA CHE NI HA ALEGADO

Ahora, este órgano autonómico concluye que, en sus conclusiones del pasado 31 de octubre, que «no se ha podido acreditar que el bien expropiado tenga naturaleza demanial». En su opinión, «existe una titularidad registral que goza de presunción de legalidad mientras no se destruya por los medios permitidos por el ordenamiento jurídico», esto es el «delinde administrativo» regulado por la ley. Pero también remarca que la administración competente para hacerlo no es el ayuntamiento, sino la Confederación Hidrográfica del Ebro (CHE), que «no ha decidido hacerlo ni siquiera tras la emisión del informe parcialmente reproducido» que aportaba Zaragoza a la causa. «Tampoco la CHE ha presentado alegaciones durante el trámite de audiencia que le fue concedido en el procedimiento de revisión de oficio».

Así que, sin oposición de la administración competente para reclamar la propiedad de los 11.709,07 metros cuadrados que se suponían de dominio público hidráulico, decaen las cinco causas de nulidad presentadas por el consistorio para invalidar aquella decisión del 2007 que acordó la expropiación. Porque, explica el Consejo Consultivo, todo gira en torno a esa consideración de que esa porción era inalienable y «no ha quedado acreditada».