El ministro de Fomento y secretario de Organización del PSOE, José Luis Ábalos, avanzó ayer que, en función de la sentencia sobre el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, el Gobierno estudiará articular «algún tipo de ayuda» a las autonomías para que la hipotética devolución del dinero no afecte a su situación financiera.

En la rueda de prensa tras la Ejecutiva del PSOE, Ábalos confiaba en que hubiera una «resolución clara» del Tribunal Supremo, que a esas horas continuaba con la deliberación sobre la doctrina, dictada en octubre, en la que atribuía a la banca, y no al cliente, el pago del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD) en la firma de una hipoteca. El vaticinio no se cumplió, y la deliberación se retomará hoy.

El Gobierno realizará una valoración una vez conocida esta resolución y, en función de como sea la decisión del Supremo, tomará «una decisión u otra», indicó el ministro. En una línea similar, Fuentes del Gobierno de Aragón indicaron igualmente que esperarán a tener la resolución antes de realizar cualquier tipo de valoración, incluso si esta llegara hoy.

TRIBUTO TRANSFERIDO / Pero, en todo caso, Ábalos insistió en que este impuesto está transferido a las comunidades autónomas que podrían tener que afrontar la devolución del dinero, si se declara la retroactividad de la doctrina, y si es así habrá que articular «algún tipo de ayuda» para que no les afecte en su situación financiera ya difícil para la mayoría de ellas.

El ministro de Fomento también apuntó que el Gobierno siempre ha defendido a los consumidores, pero «lo ideal» sería conseguir «un equilibrio» entre estos y las instituciones financieras dentro de un marco que ofrezca seguridad jurídica, y sobre todo dar «certidumbre» a todos los sectores afectados.

Precisamente la inseguridad jurídica que ha generado este vaivén jurisprudencial del Supremo está siendo el aspecto más criticado en ámbitos jurídicos, sobre todo al haberse producido en torno a una normativa (en este caso, un artículo de reglamento anulado) que ya se había analizado extensamente en otras resoluciones y no había sufrido ningún cambio reciente que, desde un punto de vista estrictamente jurídico, justifique este cambio, por muy bienvenido que sea.