La fecha en la que se produjeron los hechos, el ejercicio fiscal del 2010, impiden a la Fiscalía presentar cargos contra la SAD como persona jurídica, ya que la reforma del Código Penal que lo permite entró en vigor en diciembre de ese año y el grueso del devengo se produjo antes. Algunas fuentes apuntaron que el delito fiscal se comete al concluir el periodo de liquidación del impuesto, que en el caso del IRPF es el 30 de junio del año siguiente. La obligación de aplicar la norma menos perjudicial para el reo impide que el Zaragoza pueda ser imputado, algo que el FC Barcelona no ha evitado en el caso Neymar.