Si se aplica el artículo 155 de la Constitución tal como propone Mariano Rajoy, el Gobierno de la Generalitat quedará descabezado, sin su presidente, sin poder y sin funciones, ya que estos, tras el cese obligado del vicepresidente y todos los consejeros, pasarán a depender de lo que se podría considerar una administración delegada.

El ejercicio de todas las funciones del Gobierno de Cataluña corresponderá «a los órganos o autoridades que cree a tal efecto o designe el Gobierno de la Nación», se expone en el texto del acuerdo tomado ayer por el Consejo de Ministros.

La única competencia que quedará al margen de estas autoridades delegadas será la que tiene el presidente de la Generalitat para «decretar la disolución anticipada del Parlamento de Cataluña o el fin de la legislatura y para la convocatoria de elecciones autonómicas», que corresponderá al presidente del Gobierno de España.

La Administración catalana, en principio, podrá seguir funcionando como hasta ahora, y bajo las normas fijadas por el Estatut y la Generalitat, pero a partir de la entrada en vigor del 155 actuará «bajo las directrices de los órganos o autoridades creados o designados por el Gobierno de la Nación en sustitución de aquéllos».

Esta nueva autoridad competente, que sustituirá al Govern, podrá «dictar y adoptar las disposiciones actos, resoluciones, instrucciones u órdenes de servicio que sean necesarias para el ejercicio de las competencias y funciones asumidas». Y estas órdenes deberán cumplirlas todos los miembros de la función pública. Además, estas autoridades estatales podrán acordar «el nombramiento, el cese, o la sustitución temporal con asunción de funciones de cualesquiera autoridades, cargos públicos y personal de la Administración de la Generalitat».

La nueva autoridad competente podrá ejercer las mismas funciones en todos los organismos, entes y entidades vinculadas a la Generalitat, incluidas las empresas públicas.