El auto por el que el magistrado José Ignacio Martínez ordenó el viernes el ingreso en prisión --eludible con una fianza de 300.000 euros-- del exgerente de Plaza, Ricardo Garcia Becerril, incluye referencias a otros imputados en el caso saqueo. Entre ellas destacan las referentes a Multiinversiones 2005, empresa propiedad de Agapito Iglesias que contrató los servicios de Pulsar --pagó 58.000 euros por un informe a la empresa de las hijas del encarcelado por un informe-- y cuya guardería ocupa desde el 2009 un local suyo por el que no ha pagado alquiler.

El juez señala que la facturación de Pulsar --un millón de euros del 2006 al 2009-- "resulta excesiva" para su plantilla --entre uno y cuatro empleados del 2006 al 2008-- "y sin que la titulación de las socias y trabajadoras esté en relación a dicha actividad". Eso, añade, hace concluir a la Brigada de Blanqueo "que los trabajos realizados por la sociedad Pulsar parecen ficticios, siendo un peaje camuflado para poder ser (las empresas pagadoras) proveedores de la UTE Plaza, obteniendo de esta forma pingües beneficios las hermanas García Planté".

El auto incluye en la relación de empresas que habrían pagado mordidas por este procedimiento a Entrerríos, Lexton y Margalejo Campo, las cuales, junto con Multiinversiones 2005, fueron entre el 2004 y el 2011 proveedores de las UTE lideradas por Acciona por un importe conjunto de 5.057.191 euros. También señala a Maguitel, que adquirió naves en Plaza.

El magistrado se refiere varias veces en el auto de prisión a "la cesión de una nave para la explotación de un negocio de guardería de sus hijas desde el año 2009 por una de las empresas que fue subcontratada para la ejecución de obras" en la plataforma logística.

El auto indica que esa situación supone "un trato de favor motivado por la actividad de Multiinversiones 2005 en las obras de la sociedad pública Plaza". Y destaca que Pulsar no ha pagado "cantidad alguna" por ocupar ese local "sin que hayan ejercido acción alguna" contra la sociedad.

La resolución considera que "existen indicios para imputar" al exgerente un delito de cohecho "al recibir dádivas, favores y retribuciones, bien directamente, bien a través de sy esposa e hijas o sociedades formadas por estas, para su contratación en la ejecución de obras o la venta de inmuebles de la sociedad pública".