Puede que para los bancos, la última sentencia del Tribunal Supremo sobre el impuesto de actos jurídicos documentados (AJD) restaure la seguridad jurídica. Pero esa es una opinión que no debe compartir Gabriel Clemente, un guarda jurado de Tarragona, que reside en Torremolinos, que acaba de ver cómo una jueza especializada en cláusulas abusivas de Málaga ha ordenado a Unicaja Banco que le devuelva poco más de 3.232 euros de los 3.586 a que ascendieron los gastos de su hipoteca, parte de ellos correspondientes al impuesto, en concreto 1.718. Y lo ha hecho con arreglo a la sentencia del Supremo del 16 de octubre que señalaba al banco como el responsable de pagar el impuesto. El recurso de la entidad perjudicada está servido.

Las contradictorias decisiones tomadas por el Supremo en las últimas dos semanas han provocado un cacao judicial difícil de entender, hasta el punto de que en algunos juzgados se ha dejado de resolver procedimientos a la espera de que se aclare el panorama y en otros, se ha aprovechado la situación para acelerar los procedimientos.

Desde luego, la de Clemente es una resolución histórica, a caballo entre dos jurisprudencias contrapuesta del propio Supremo. Hace poco más de una semana que conoce el fallo. La jueza de la capital malagueña no esperó a ver qué decidía el Supremo esta semana en el pleno de la Sala de los Contencioso-Administrativo.

El día 19 ya hizo público su fallo sobre una hipoteca constituida hace 11 años. La noticia le llegó a Gabriel nada más volver de unas vacaciones en Londres.

Argumentos de octubre

En su fallo, la jueza utiliza como base argumental al jurisprudencia determinada por la sentencia del 16 de octubre: «declara que el sujeto pasivo en el impuesto... es el acreedor hipotecario (el banco), no el prestatario». Como consecuencia, la resolución declara nula tanto una cláusula relativa al vencimiento hipotecario como la relativa a la imposición de los gastos y tributos a cargo del prestatario.

Considera que esta última, que es la que obligaba a Clemente a pagar el impuesto es una «Condición General de la Contratación de carácter abusivo y contraria a la normativa». Gracias a ello, el reclamante ha conseguido un fallo que reconoce su derecho a recuperar la mayor parte de los gastos que reclamaba a Unicaja. No ha visto, sin embargo, todavía el dinero.

Pero este guardia jurado de 39 años de edad (enlace sindical en Prosegur), que contrató una hipoteca de 180.000 euros a 30 años para pagar su domicilio habitual en Torremolinos y presentó una demanda por gastos hipotecarios a través de Arriaga y Asociados, se enfrenta a la fría realidad de que es posible que la sentencia no le permita recuperar el impuesto. «Ha sido un jarro de agua fría la última sentencia del Supremo», ha comentado a este diario. «No sé si el banco presentará recurso, tiene 20 días para hacerlo, pero si no lo hace, la sentencia puede ser firme», agrega.

No desistirá aun en el caso de que el banco gane el recurso. Esta dispuesto a acudir hasta el Tribunal Constitucional o el Tribunal de Justicia de la Unión Europea para que le den la razón si es necesario.