El Juzgado de Primera Instancia número 2 de Huesca ha reactivado el proceso de ejecución provisional de la sentencia que condena a la Generalitat y al Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC) a reintegrar a su ubicación original las valiosas pinturas murales de la Sala Capitular del monasterio de Sijena. La decisión se produce días después de acordar el magistrado sustituto del órgano de primera instancia número 1 la entrada de las fuerzas de seguridad en el Museo de Lérida, el próximo lunes, para recuperar los 44 piezas del cenobio cuya devolución fue decretada por este mismo juzgado en abril de 2015.

De este modo, los dos litigios pendientes sobre Sijena avanzan a paso firme para su ejecución, aunque esté más cerca de su resolución el de las 44 piezas depositadas en Lérida, ya que si no hay sorpresas de última hora, el próximo lunes serán desalojadas del museo catalán.

EJECUCIÓN

El decreto emitido ahora por la secretaria del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Huesca resuelve el incidente de oposición a la ejecución de la sentencia interpuesto por el MNAC y la Generalitat y la oferta hecha por la jueza de celebración de una nueva vista oral para que los nuevos peritos de la parte catalana defendieran sus tesis.

Esta decisión, recurrida el pasado mes de octubre por el representación legal del Ayuntamiento de Villanueva de Sijena, Jorge Español, se ha zanjado finalmente sin la convocatoria de una audiencia extraordinaria a los peritos al no ser solicitada por ninguna de las partes implicadas en este litigio.

El decreto judicial, que estima la posición de la parte aragonesa en el conflicto, vuelve a dejar en manos de la magistrada la decisión de llevar a cabo la ejecución, o no, de la sentencia que dictó para ordenar la restitución de las pinturas murales del monasterio, extraídas de sus muros en 1936 por José Gudiol a instancias de la Generalitat. El escrito judicial admite que la jueza tenía potestad para ofrecer una nueva vista para escuchar a los peritos de los demandados, pero reconoce a renglón seguido que ninguna de las dos parte solicitó su celebración, por lo que rechaza esta prueba.

La secretaria de este órgano judicial, a la vista de la decisión de las partes de no solicitar una nueva vista, señala, en consecuencia, que «procede poner la causa en la mesa de su señoría (la jueza) para que acuerde lo que considere oportuno». El letrado del Ayuntamiento de Villanueva de Sijena, Jorge Español, destaca que la vista ofertada en respuesta al recurso de la parte catalana contra la ejecución de la sentencia «tampoco tenía mucho sentido, pues en el procedimiento principal ya fueron oídos con extensión los peritos del MNAC».

En relación a este punto, Español recuerda que estos peritos admitieron durante la vista principal por este litigio que las pinturas murales podían ser trasladadas desde su actual ubicación en el MNAC al monasterio de Sijena sin verse afectadas. Sin embargo, los técnicos del museo rechazan esta opción, y consideran que no se cumplen las condiciones de seguridad para garantizar el traslado de esta joya del románico europeo.