Los asuntos de malos tratos en el ambiente doméstico inundan el juzgado de guardia y, de rebote, copan la mayor parte de los procedimientos de urgencia. La violencia entre esposos y, más generalmente, entre hombres y mujeres, supone el 50% de las faltas y delitos susceptibles de enjuiciarse por la vía rápida, seguida muy de cerca por los casos de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas. Sin embargo, así como las alcoholemias positivas se zanjan a menudo con una sentencia de conformidad que acarrea la reducción de un tercio de la condena, los maltratos rara vez desembocan en un juicio inmediato. La necesidad de practicar pruebas complejas, sobre todo de carácter psicológico, hace que la mayoría de los casos de violencia doméstica sean derivados hacia el procedimiento ordinario, mucho más lento pero que da margen suficiente para realizar los trámites que requieren más tiempo. No obstante, el procedimiento de urgencia sí sirve para dictar las medidas especiales, como las órdenes de protección y de alejamiento.

A gran distancia de la violencia doméstica y de las alcoholemias positivas se sitúan los robos (a personas, en vehículos, en establecimientos), los hurtos, los insultos, las agresiones a agentes de la autoridad, las lesiones leves y un largo etcétera de asuntos de menor entidad que, como señalan los jueces, han desplazado a un segundo plano los delitos más graves.