Si hallan indicios de delito en los cuatro cazadores de Viñamala se paralizarían todos los trámites administrativos para dar paso a los judiciales. Podrían ser los primeros en Aragón a los que se aplicaría la modificación del artículo 334 del Código Penal que entró en vigor el 1 de octubre.

El nuevo precepto castiga con penas de cuatro meses a dos años de prisión y multa de ocho a 24 meses, además de dos a cuatro años de inhabilitación por cazar especies amenazadas o realizar actividades que impidan o dificulten su reproducción o migración, comerciar o traficar con ellas o con sus restos.

Si la especie es protegida (como el sarrio) pero sí puede cazarse con permiso en reservas o cotos, se castigará su captura con pena multa de cuatro a ocho meses, e inhabilitación especial de uno a tres años. Si la conducta "produce grave daño al patrimonio de un terreno sometido a régimen cinegético especial", puede ser penado hasta con dos años de cárcel e inhabilitación especial.