El artículo 14 de la Ley de Capitalidad que el alcalde de Zaragoza, Pedro Santisteve, utilizó el 9 de febrero para expulsar a los grupos de la oposición de las sociedades municipales es inconstitucional. Así lo considera el Tribunal Constitucional (TC) que declará su nulidad y zanja una polémica que mantuvo al consistorio paralizado durante ocho meses, hasta que el primer edil decidió rectificar y devolver la proporcionalidad del pleno en octubre a las sociedades Zaragoza Vivienda, Zaragoza Cultural, Zaragoza Deporte y Ecociudad.

El máximo órgano judicial cree que este polémico artículo entra en una «contradicción efectiva e insalvable» con la Ley de Bases de Régimen Local (LBRL) que otorga al pleno las competencias para crear las sociedades mercantiles y aprobar sus estatutos. Viene a decir que una ley autonómica no puede «desapoderar al pleno» de una decisión que le concede una ley superior, la LBRL.

Según esta norma, el socio fundador de las sociedades mercantiles locales de carácter unipersonal «no es otro que el pleno del ayuntamiento» que, a su vez, es el que redacta los estatutos y el que determina «la forma de designación y el funcionamiento de la Junta General y del Consejo de Administración, así como los órganos de dirección de las mismas».

ESTATUTOS

Añade que «no impone» que el pleno se tenga que constituir en junta general ni prohíbe que sus funciones sean ejercidas por el Gobierno, pero sí reserva a los estatutos la decisión. Este último punto es clave porque, al ser el pleno el que los redacta, también es el que decide quién forma parte de esa junta general y no el Gobierno de la ciudad, como hizo Santisteve.

Por ello, considera que el artículo 14 reduce el acuerdo de creación de la sociedad a «un acto vacío» al restarle las competencias de control y gestión al pleno municipal. Así que considera que la ley aprobada por las Cortes «invade el espacio de autoorganización local garantizado» por la normativa básica estatal.

Pedro Santisteve no escondió ayer su decepción con la sentencia del Tribunal Constitucional porque «no entra en el fondo» sobre la organización futura de los consistorio y en «el diseño de la arquitectura municipal a futuro de los ayuntamientos».

LA FE DE SANTISTEVE

«La fe y el Derecho no están reñidos y yo tenía fe en el TC porque confiaba en que entrara en el fondo y se mojarara, pero al ser dictada a los cinco meses de ser recurrida por el Gobierno de España difícilmente puede entrar en un tema de tanta enjundia y reflexión», declaró Santisteve.

El primer edil, muy cuestionado por la oposición por aferrarse al artículo 14 para dar su golpe de mano en las sociedades, declaró que «respetaba y nada más» la afirmación del TC en la que dice que la decisión en materia de organización de los ayuntamientos provenga del Estado. «No aportaba nada que no supiéramos», añadió.

La Ley de Capitalidad fue aprobada en noviembre del 2017 por las formaciones de izquierdas en las Cortes de Aragón, con el socialista Javier Lambán a la cabeza. Aunque fue Mariano Rajoy el que encargó el dictamen del Consejo de Estado sobre la posible inconstitucionalidad, fue Pedro Sánchez el que tomó la decisión de recurrirlo ante el Constiticional. Un hecho que para el alcalde es «incomprensible».

Según el primer edil, esta sentencia deja «en muy mal papel al PSOE porque se encuentra en una situación harto complicada» porque ha sido el Gobierno central, también del PSOE, el que «ha seguida la estala del de Mariano Rajoy y ha ido en contra de una legislación elaborada por una comunidad autónoma gobernada por su propio partido».