La necesidad de reformar la ley de extranjería estaba planteada desde hace tiempo, ya que el texto vigente contiene artículos declarados inconstitucionales y, además, debía adecuarse a directivas europeas en plazos que llevaban tiempo vencidos. Pero mientras tanto ha llegado la crisis económica, y lo que ahora se presenta es un texto acorde con el mensaje de endurecimiento de la política de inmigración que el actual ministro de Trabajo quiere transmitir.

INMIGRACIÓN IRREGULAR Este endurecimiento se muestra en dos terrenos: el que tiene que ver con la lucha contra la inmigración irregular y el relativo al derecho a la reagrupación familiar. Por lo que se refiere al primero, se siguen las mismas pautas que los demás países europeos: alargamiento del proceso de retención de los inmigrantes en proceso de expulsión e incremento de las sanciones, tanto para los inmigrantes irregulares como para los empresarios que les dan trabajo. Las restricciones al derecho de reagrupación familiar se concentran en los ascendientes. Con ellas se pretende reducir la entrada de nuevos inmigrantes; pero el impacto de esta reducción en el conjunto del flujo inmigratorio es más que dudoso, mientras que no es nada desdeñable el daño que sufrirán muchas familias.

Los aspectos restrictivos de la reforma no deben ocultarnos otros de naturaleza claramente positiva. Se concederá el derecho al trabajo al cónyuge reagrupado desde el mismo momento en que adquiera la residencia. Se acaba así con una normativa que resultaba especialmente dañina para las mujeres. Por otra parte, se amplían los derechos de los inmigrantes en situación irregular, no solo porque se reponen los derechos fundamentales a los que obliga el Tribunal Constitucional, sino también porque tendrán derecho a la asistencia jurídica gratuita en casos de necesidad --como los demás ciudadanos-- y pleno derecho a la educación de los menores. La posibilidad de que las oenegés visiten los centros de internamiento es otro paso muy positivo, como lo es la consolidación, por ley orgánica, del fondo de acogida e integración.

DERECHO DE VOTO Pero en materia de derechos se juega, una vez más, con la ambigüedad cuando se habla del derecho de voto de los residentes extranjeros en las elecciones locales. Este es un derecho sobre el que ya no cabe otra medida que no sea la de concederlo de forma efectiva. La vía de los acuerdos de reciprocidad con terceros países ya se sabe que sirve de muy poco.