En estas últimas semanas ha resucitado una vieja polémica nunca bien resuelta en esta ciudad: el ocio (o negocio) nocturno y las molestias que genera a los ciudadanos (suciedad, ruidos, imposibilidad de descanso...). Algunos invocan un supuesto derecho a este ocio (no conozco ninguna ley que lo recoja) obviando las colisiones que plantea con derechos sí reconocidos como al descanso nocturno, el derecho al medio ambiente y calidad de vida, fundamentado en el capítulo segundo (derechos y libertades), artículo 45 de la Constitución Española, y el artículo 18 del Estatuto de Autonomía de Aragón, entre otras normas (¿por qué no se cumplen?).

El propio gobierno de Aragón elaboró la Ley 7/2010 de protección contra la contaminación acústica que, entre otras disposiciones establece en su art. 1º que «es objeto de esta Ley prevenir, vigilar y reducir la contaminación acústica para evitar y reducir los daños que de esta puedan derivarse para la salud humana…» y que «tiene como finalidad la plena realización de los derechos de quienes residan o se encuentren en la Comunidad Autónoma de Aragón a disfrutar de un medio ambiente equilibrado, sostenible y respetuoso hacia la salud, a la protección ante las distintas formas de contaminación, a la protección de la intimidad personal y familiar y a una adecuada calidad de vida». ¿Por qué no exigen nuestras autoridades su cumplimiento?

Lucha contra el ruido

Por no hablar de las instituciones europeas, que han actuado de manera firme en relación con esta problemática y, tras la elaboración de un Libro Verde de la Comisión Europea sobre Política futura de lucha contra el ruido, se aprobó la Directiva 2002/49/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de junio, sobre evaluación y gestión del ruido ambiental, que ha tenido una primera transposición a nuestro derecho con la Ley 37/2003 del Ruido, completada y desarrollada con la publicación de posteriores decretos.

Igualmente, parece que se nos olvida que existe un Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, que establece que «Serán calificadas como molestas las actividades que constituyan una incomodidad por los ruidos o vibraciones que produzcan o por los humos, gases, olores...». Amparándose en este Reglamento, muchas empresas tuvieron que salir del casco urbano por los problemas que generaban al vecindario. ¿Por qué no se actúa de la misma manera con estos establecimientos de ocio (o negocio) nocturno que tantos problemas de convivencia plantean? No hace muchos días se planteaba la posibilidad de que se trasladaran a algunas naves de polígonos industriales cercanos (como el de Cogullada): a ver si es verdad.

Es una de las causas que explican la presencia cada vez mayor de conflictos sociales en torno a la contaminación acústica y que ha ocasionado que en los últimos años haya tenido lugar una importante reacción jurisprudencial, que se puede contemplar en diversas sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, del Tribunal Constitucional y de juzgados y tribunales inferiores que, desde distintas perspectivas y con argumentos diferentes, pero siempre de evidente peso jurídico, han proporcionado herramientas para reaccionar en casos concretos contra las agresiones a la salud, a la privacidad y al medio ambiente que representan los ruidos (con sentencias condenatorias contra bares y discotecas por las molestias causadas a los vecinos).

Derecho al descanso

Nos invaden las calles con terrazas que sufragamos con nuestros impuestos y que, entre otras cosas, nos impiden aparcar, recibiendo como contraprestación insoportables tertulias, voces, griterío, etc. hasta la madrugada, mientras algunos intentan dormir antes de ir a trabajar. ¿Quién defiende mi derecho al descanso?

Nuestras autoridades parecen desbordadas por la situación. Las consecuencias inmediatas las estamos viendo estos últimos fines de semana en esos macrobotellones con peleas y enfrentamientos violentos con la policía, destrozo de mobiliario urbano, suciedad… Pero la presión de las patronales del sector del ocio (negocio) nocturno parece tener más capacidad de influencia que la de la mayoría (tal vez demasiado silenciosa) de los vecinos que soportamos las molestias.

El negocio del ocio parece ya el quinto poder en nuestra sociedad.