Supongamos que esta noche nos vamos de cena, bebemos vino, tomamos copas y, aunque sabemos que no podemos conducir, cogemos el coche. Con los efectos de una tasa de alcohol alta –visión borrosa, capacidad de reacción disminuida y una cierta alegría que altera cuando no anula la sensación de riesgo— nos echamos a la carretera, invadimos el carril contrario, chocamos con otro vehículo y provocamos un accidente con fatal resultado para la otra parte. Nuestra imprudencia tiene unas consecuencias penales. Está tipificada y es probable que acabemos en la cárcel.

Supongamos que tras la juerga nos vamos andando y como nos sentimos eufóricos nos apetece intimidar y atracar a todos los viandantes con los que nos cruzamos. Por desgracia uno de ellos es policía fuera de servicio nos detiene y nos lleva ante al juzgado. Estos robos con intimidación tendrán una respuesta judicial, aunque ir ebrios, si se puede demostrar, nos aligere la pena.

Supongamos que con la alegría con la que hemos acabado la cena nos da por prender fuego a los contenedores de residuos que hay en la calle y fruto del incendio, además de calcinar mobiliario urbano, arden varios vehículos, el humo se cuela por las ventanas de un edificio y hay varios vecinos que tienen que ser atendidos por intoxicación grave. Nuestra acción tendrá una reacción y una repercusión porque hemos causado cuantiosos daños y hemos puesto en peligro la vida de otras personas.

Volvamos a suponer que vamos al cine y creyendo estar en el sofá de casa, o porque nos apetece, nos encendemos un cigarrillo a sabiendas de que está prohibido fumar en los lugares públicos. Si no somos reincidentes, la chulería nos costará en torno a 30 euros y la reprobación de los ciudadanos que nos rodean que, con todo el derecho del mundo, considerarán que nuestro acto va en contra de la ley y de la salud pública.

Supongamos también que llevamos un arma de fuego. Es ilegal, no tenemos licencia para usarla, pero hacemos varios disparos y alcanzamos a un perro y a su dueño. ¿Verdad que no concebiríamos que estas gracias quedaran impunes?

Pero ahora imaginemos que vamos a un hospital y nos atiende un equipo médico que, aun sabiendo de primera mano lo que ocurre en las ucis con los pacientes covid, es reacio a vacunarse y a tiende a los enfermos como si nada. Imaginemos que le prohíben el ejercicio de la medicina.

Imaginemos que vamos a trabajar a un lugar cerrado y poco ventilado y algunos empleados llevan la mascarilla a media asta, tosen sin adoptar ninguna medida y se ponen bravucones cuando se les recrimina. Imaginemos que les mandan a casa unos días por una falta grave.

Imaginemos que todas esas personas que son reacias a la vacuna fueran obligadas a inocularse, salvo contraindicaciones para su salud demostradas, porque es una cuestión de salud pública.

Todos estos supuestos son actos de libertad individual: emborracharse, conducir ebrio, atracar, quemar contenedores, fumar en un espacio prohibido, disparar con un arma ilegal... pero son punibles y sancionables porque van contra las normas establecidas. ¿Por qué no regulamos las novedades?

Esta semana, en Francia, un alto mando de la Gendarmería ha sido rebajado de sus funciones por su negativa a vacunarse.