El Periódico de Aragón

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Recortes a la simultaneidad de estudios

Se está obligando a alumnos de Bachillerato a examinarse de asignaturas que no han cursado

¿Es razonable que se obligue a alumnos de Bachillerato a examinarse de asignaturas que no han cursado? ¿Es legal calcular la nota media de Bachillerato con criterios y normas diferentes a las vigentes en el momento en el que se inició? Pues eso está ocurriendo en estos días con alumnos del Instituto Pedro de Luna y de otros que realizaban simultaneidad de estudios. Hace varios años se habilitó en Aragón una vía para que los alumnos pudieran compaginar las enseñanzas artísticas (música y danza) con el seguimiento de la Enseñanza Secundaria, la Formación Profesional o el Bachillerato. El mecanismo consistía en que el alumno obtenía el título de Bachillerato, de cualquiera de las tres ramas que existen, superando las materias troncales, siempre que hubiera obtenido el título de la enseñanza artística. La nota media del Bachillerato se sacaba con las notas de las asignaturas troncales de Bachillerato cursadas y las de los dos últimos cursos de las enseñanzas artísticas.

En noviembre de 2021, iniciado el curso académico, se publicó el Real Decreto 984/2021, que pretende cambiar alguna de estas cosas. En lo relativo a la simultaneidad de estudios solo se permite a los alumnos que cursen el Bachillerato en su rama Artística, quedando excluidos los de la rama Científica y Social. Su disposición final dice literalmente que «su contenido será de aplicación a partir del curso escolar 2021-20222. El Departamento de Educación del Gobierno de Aragón ha tardado casi seis meses en impartir las instrucciones y establecer los mecanismos para dar cumplimiento a lo previsto en ese Real Decreto. Lo ha hecho mediante la Orden ECD/518/2022, publicada el 29 de abril de 2022. Esta norma, como el Real Decreto del que trae causa, también reitera que su contenido será de aplicación a partir del curso 2021-2022. Siendo arbitraria y discriminatoria la exclusión de los alumnos de las ramas de Ciencias y Sociales de la simultaneidad de estudios, lo más sangrante es la aplicación temporal que se está haciendo, por no saber la diferencia de significado que hay entre «desde» y «a partir de». Así, en este mes de mayo, se ha obligado a alumnos que habían iniciado el curso con la simultaneidad a examinarse de asignaturas de las que no estaban matriculados y que no han seguido durante el curso, con la amenaza de que, de no hacerlo, no obtendrán el título de Bachillerato. A otros se les ha expedido el certificado del Bachillerato computándoles las asignaturas de los 6 cursos de las enseñanzas artísticas, y no exclusivamente las de los dos últimos, como establece la normativa con la que se inició el curso.

Estas dos anomalías se corregirán fácilmente si hay, entre los dirigentes de la Educación en Aragón, alguno que sepa la diferencia entre «a partir del curso 2021-2022» (que significa desde el curso 2022-2023) y «desde el curso 2021-2022» (incluye el curso 2021-2022); alguien que tenga sentido común para saber que las normas no se pueden cambiar a mitad de curso, y que el curso se concluye con las normas con las que se inició; uno que posea ciertos rudimentos de Derecho para conocer el principio de la irretroactividad de las normas, especialmente de las desfavorables ¿Hay alguien capaz de deshacer semejante desafuero en el Departamento de Educación? Si lo hay que actúe ahora o que dimita para siempre.

La legión de alumnos de cursos altos de enseñanzas artísticas que van a abandonarlas al querer cursar Bachillerato en la rama de Ciencias o Humanidades y no poder acceder a la simultaneidad, lo tiene más complicado, ya que solo les cabe recurrir la arbitraria y discriminatoria medida estatal.

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