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Opinión | EL ARTÍCULO DEL DÍA

Riesgos en la infancia y adolescencia

Estas situaciones deben ser contempladas desde la prevención, detección, investigación e intervención

Si la queja que presenta un ciudadano o un colectivo de ciudadanos ante el Justiciazgo permite a éste actuar en su labor de supervisión de las administraciones en casos concretos, mediante la figura del Informe especial del Justicia, procedemos a afrontar el estudio, análisis y propuesta de mejora de sectores o actividades concretas de nuestra comunidad.

Utilizando esta figura se ha procedido a elaborar y entregar a las Cortes de Aragón el Informe especial del Justicia sobre situaciones de riesgo en la infancia y adolescencia de Aragón, que recoge las diversas actuaciones que a lo largo de este 2023 se han producido desde o con la participación del Justicia de Aragón, en un tema tan importante y no siempre debidamente analizado, como son las situaciones de riesgo de nuestra infancia y adolescencia.

La protección y defensa de los niños, niñas y adolescentes aragoneses ha sido siempre una de las misiones que desde el Justiciazgo se han venido llevando a cabo, tanto por así establecerse como mandato legal en nuestra ley reguladora, pues no hay que olvidar que nuestros menores son ciudadanos en plenitud de ejercicio de todos sus derechos, como por el especial mandato que la ya vieja Ley 12/2001, de 2 de julio, de la infancia y adolescencia de Aragón establece en su artículo 8, cuando otorga a esta institución estatutaria facultades que la configuran como un verdadero «Defensor de los Menores» en Aragón. El año pasado se procedió bajo dicho mandato legal a crear la «Oficina de la Infancia y la Adolescencia del Justicia de Aragón».

El informe, al estudiar el marco jurídico aplicable al objeto del trabajo, un análisis sobre el devenir de dicha ley, en especial sobre el fallido proceso de reforma de la misma que se llevó a cabo en torno a 2018, y que decayó sin nueva puesta en marcha en la anterior legislatura de las Cortes aragonesas, cuando en el ámbito estatal se han sucedido diversas reformas legislativas en los últimos años con la Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, y Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia. Quizás es ahora el momento de retomar la reforma de nuestra ley, con su adaptación a las normas estatales, y, lo que es más importante, a las nuevas realidades sociales de nuestros menores.

Las situaciones de riesgo de nuestra infancia y adolescencia deben ser contempladas desde la prevención, detección, investigación, valoración e intervención. Los datos estadísticos no siempre son definitorios de una concreta situación, y en este caso, siendo los mismos parciales (no todas las administraciones han facilitado lo pedido), quizás en menor entidad, pero sin duda nos trasladan un aspecto importante, sobre todo en lo referente a concretas comarcas que han trasladado al Justiciazgo un pormenorizado reflejo de su trabajo (lo que es de agradecer).

Gran parte del informe es fruto del trabajo acometido junto al resto de defensorías españolas dentro de la labor de coordinación entre todas ellas, y que en el presente año, bajo el liderazgo del Síndic de Greuges de Cataluña y el Defensor del Pueblo Andaluz/Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía, se han venido llevando a cabo, con el título Las situaciones de riesgo de la infancia y adolescencia: análisis de instituciones garantistas desde un enfoque de derechos del Niño, y que han supuesto que durante diez meses los técnicos de las nueve instituciones que componen el entramado de los ombudsperson españoles hayan desarrollado en red un gran trabajo, que culminó en la reunión anual de coordinación de defensores celebrada en Barcelona la semana pasada, con la promulgación de un escrito conjunto.

No puedo dejar de reseñar que en la capital catalana uno de los datos más comentados fue que en Aragón no tenemos en la actualidad ningún niño en protección entre 0 y 6 años institucionalizado, habiendo la sociedad aragonesa generado un conjunto de acogimientos familiares, en familia extensa (con parentesco con el menor) o ajena, que evita deban ingresar en instrumentos residenciales de menores este colectivo. Los 25 años de trabajo de una entidad como la Asociación de Familias de Acogida de Aragón (Adafa) mucho tienen que ver en ello sin duda. El panorama en otras comunidades en este ámbito es ciertamente preocupante.

Sirva por tanto este extenso y trabajado informe como muestra del sistema de cooperación entre las defensorías de toda España, y como muestra de formas colaborativas dentro del sector público en busca de resultados comunes, que alcanzan si cabe su cima cuando lo que se trata es la defensa de un colectivo especialmente en riesgo, como es el de nuestros menores.

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