Opinión | UNA MIRADA AL FRENTE

Conde Pumpido, vigilado por el Supremo

La verdad jurídica en España la establece el Tribunal Supremo. Parece que esta contundente afirmación esta siendo cuestionada a través de las sentencias del Tribunal Constitucional de los ERE de Andalucía, la admisión a trámite del recurso de Dolores Delgado, anterior Fiscal General del Estado, así como la recusación del magistrado del Constitucional José María Macías, solicitada por el FGE Álvaro García Ortiz, ante los recursos de la Ley de Amnistía.

Sobre las sentencias de los ERE que ha anulado el Tribunal Constitucional, que condenaban a determinados y significativos cargos del PSOE, Margarita Álvarez, Manuel Chaves, etc., la interpretación del delito de prevaricación efectuada por los tribunales competentes, la Audiencia Provincial de Sevilla y el Tribunal Supremo, como órgano jurisdiccional superior en la materia (art. 123.1 CE), es concurrente con el derecho fundamental a la legalidad penal que garantiza el art. 25.1 CE. Lo que se condenó fueron los actos administrativos previos, no los actos legislativos, como afirma que son el Tribunal Constitucional. Esta reinterpretación excede de las funciones que le vienen encomendadas a dicho tribunal, en el art. 2 de la LOTC y socava la posición institucional que la Constitución reconoce al Tribunal Supremo.

En referencia a la admisión a trámite del Recurso de Dolores Delgado, el TC alega una especial trascendencia constitucional, para su admisión, que no se puede observar por ningún lado, en el recurso planteado por la anterior FGE.

Respecto a la recusación del magistrado José María Macías, ha sido tramitada de forma irregular y no concurren, conforme a la doctrina, las causas de recusación invocadas previstas en el art. 219-13ª y 16ª LOPJ, además de haberle negado las garantías que le corresponden.

Hace unos días, el Tribunal Supremo rechazó la querella presentada por Vox y Hazte Oír contra Conde Pumpido y otros magistrados del TC por prevaricación, pero, también, transmitió un claro mensaje en el propio auto de inadmisión: que los miembros del Tribunal Constitucional no son inviolables en el ejercicio de sus funciones y deben atenerse jurídicamente a sus actos. Es normal que algunos de sus miembros se sientan ahora preocupados.

Para concluir, la fundación Hay Derecho ha trasladado a la Comisión Europea su preocupación por la creciente politización en los nombramientos de los magistrados del Tribunal Constitucional. Es evidente que, como órgano de contrapeso, la politización desnaturaliza su función y eso es muy grave para nuestra democracia.

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