Opinión | Sanamente
por FIDEL MASREAL
Las personas con discapacidad tienen también su derecho a decidir
Desde hace ya cuatro años, Cataluña y el conjunto de España aplican una ley que aumenta los derechos de las personas con discapacidad. Se trata de una reforma de la norma civil y procesal para dar autonomía de decisión a estas personas. Si antes podían perder su autonomía en cuestiones básicas como la gestión del dinero o qué tipo de tratamiento o ingreso requerían, ahora la ley se adapta al marco internacional (los llamados Quality Rights) y les hace protagonistas. Este paso adelante, la antigua incapacitación al concepto de asistencia, no se está aplicando de forma ágil ni valiente por parte de los jueces, ni tampoco es siempre bien recibido por las familias, según denuncian las entidades del sector con datos en la mano.
Unos datos que indican que cuando los jueces revisan estos expedientes, caso a caso, escuchando además de forma obligatoria a los hombres y mujeres beneficiarios, en la mitad de los casos están decidiendo, de nuevo, algo así como una tutela encubierta. Se trata de una figura llamada ahora «asistencia representativa». Si las tutelas antes eran –en el caso de Pere Claver Grup, entidad de referencia con más de 75 años de historia y que atiende a unas 42.000 personas– un 70% de los casos, ahora deberían ser de cero, y, en cambio, están todavía en torno al 30% de los casos.
Que el juez conviva con ellos
María José Navarro es la directora del ámbito de Derechos y Apoyos de Pere Claver y es, además, referente de Quality Rights. Los Quality Rights son un estándar internacional de derechos básicos para todo ser humano. «Mucha gente se puede preguntar cómo es posible que los locos decidan, y la respuesta es que estamos ante una cuestión tan básica, de derechos humanos, como la de que cualquier persona pueda decidir sobre su vida», que implica decidir sobre la vida laboral, donde vivir y con quién, y qué tipo de atención recibir, entre otras cuestiones.
Junto a Navarro, codo con codo, Luis Varea coordina el Área Social de Pere Claver y se pregunta por qué los jueces son tan tímidos a la hora de aplicar esta nueva norma. «Si un juez pasara unas cuantas horas con estas personas con discapacidad se daría cuenta de su situación y qué representa para él o ella poder decidir». Navarro y Varea explican de forma muy elocuente que cuando una de las 470 personas con algún tipo de discapacidad (tres cuartas partes de las mismas tienen problemas de salud mental) que atienden es informado de sus derechos, le cambia la cara e incluso se puede llegar a preguntar si será capaz, porque la percepción social de la incapacitación y la tutela está aún muy arraigada en la sociedad.
Ambos profesionales viven cada día el cambio que supone que estos hombres y mujeres sean escuchados respecto a la gestión de su dinero, un ingreso hospitalario o un cambio de medicación. Lo que no es siempre tan fácil es que las familias acepten que a partir de ahora todas las decisiones de esta persona le pertenecen. Son personas con dificultades evidentes, ya sea por un retraso cognitivo, por un problema de salud mental, una falta de apoyo familiar o una toxicomanía, entre otros problemas. «Las familias –explica Navarro– tienen miedo de que este aumento de derechos haga que sus seres queridos con estas discapacidades se equivoquen, pero quién no se ha equivocado en su vida », afirma Navarro.
Cambio de mentalidad
Se da la circunstancia de resoluciones judiciales que piden a estas personas no solo que lleven una vida ordenada sino que incluso ahorren. Planteamientos que las entidades sociales, agrupadas en la red Encaix, se están encontrando día a día en una aplicación lenta de esta ley que está vigente y que cambia el enfoque por completo. Pues bien, lo que debería ser ahora una excepción (por ejemplo, que haga falta la firma de la entidad para que el usuario pueda sacar dinero del banco), se está convirtiendo en una norma en las decisiones de los jueces. Con lo cual, «se mantiene la herencia del anterior concepto de tutela» a la hora de revisar todas las resoluciones anteriores, explica Navarro. La ley obligaba a revisar todas las resoluciones en tres años, pero la lentitud hace que se amplíe el plazo a seis.
Para las entidades también se trata de un cambio de mentalidad. Es más, en Pere Claver existe un Comité de Ética asistencial para valorar el día a día del apoyo al ejercicio de la capacidad jurídica de las personas, porque se generan dilemas éticos entre dos principios: el de la autonomía de la persona atendida y la protección a la misma para evitar que sus decisiones tengan consecuencias negativas. «La clave –insiste Navarro– consiste en fomentar la autonomía sin desproteger» a estos ciudadanos atendidos. n
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