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Opinión | editorial

Zaragoza

Más acuerdos, menos reformas

La propuesta formulada por el presidente de Aragón, Jorge Azcón, en el Afterwork de EL PERIÓDICO de introducir una prima de gobernabilidad para el partido vencedor de las elecciones parlamentarias suscita un debate legítimo en un contexto de creciente fragmentación del sistema de partidos. Se trata, sin embargo, de una cuestión que conviene abordar con cautela, porque afecta al equilibrio entre dos principios esenciales de toda democracia representativa, como son la proporcionalidad y la gobernabilidad.

Grecia e Italia, entre otros países, han ensayado distintas fórmulas de premio mayoritario para favorecer la estabilidad gubernamental, aunque con un coste en términos de proporcionalidad y, en el caso italiano, con un intenso debate político y constitucional. La cuestión, por tanto, no es si estos mecanismos funcionan sino qué grado de desviación del principio proporcional se está dispuesto a asumir para reforzar la gobernabilidad. En España ese margen, además, encuentra un límite en el artículo 68 de la Constitución, que exige que la elección del Congreso responda a criterios de representación proporcional, aunque no exige una proporcionalidad estricta. Ello permitiría, en principio, introducir una prima de gobernabilidad moderada mediante una reforma de la LOREG, siempre que el resultado siguiera siendo globalmente proporcional, como ya ocurre con algunos elementos del sistema electoral, entre ellos la circunscripción provincial, el mínimo inicial de escaños por provincia o el método D’Hondt. En cambio, una prima capaz de convertir de forma sistemática mayorías relativas en mayorías absolutas suscitaría serias dudas de constitucionalidad y como la frontera entre ambos supuestos no está definida, correspondería al TC determinar si una eventual reforma respeta ese principio.

Sin embargo, la principal debilidad de la propuesta no es jurídica, sino política. La fragmentación del sistema de partidos no es una anomalía que deba corregirse mediante una reforma electoral, sino la consecuencia de una sociedad políticamente más plural. Y precisamente porque modifica las reglas del juego, una reforma de esta naturaleza debería contar con el mayor consenso posible y no solo con el acuerdo de los dos grandes partidos, máxime cuando las dificultades de gobernabilidad responden en mayor medida al comportamiento de los propios partidos que a deficiencias del diseño institucional.

Por ello, si el problema es fundamentalmente político, la respuesta también debería serlo. Más que una reforma institucional mayoritaria bastaría con un acuerdo entre los dos grandes partidos, que son los que siguen concentrando la responsabilidad en la formación de gobiernos, para facilitar la investidura del más votado si la distancia respecto del segundo expresa de forma inequívoca la preferencia mayoritaria de los electores. Un compromiso de esta naturaleza no impediría la formación de mayorías alternativas cuando estas existieran ni alteraría la lógica del parlamentarismo, pero reforzaría la estabilidad sin modificar las reglas de representación. Al fin y al cabo, en un sistema pluralista, parece más razonable reforzar la responsabilidad compartida de las principales fuerzas políticas que alterar las reglas electorales con un gran impacto y sin un amplio consenso.

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