Saltar al contenido principalSaltar al pie de página

Opinión

Santiago, camino de redención

Hoy en día, cuando se habla del Camino de Santiago, la mayoría de la gente piensa que quienes lo llevan a cabo lo hacen movidos por una decisión personal, ajena o no a motivos religiosos, pero nunca motivados por una imposición ajena a su propia voluntad.

El caso es que esto no siempre es ni fue así, sobre todo en los inicios del Camino, durante la Edad Media, cuando peregrinar a Santiago fue, en muchas ocasiones, una sentencia canónica (impuesta por autoridades eclesiásticas, para redimir pecados), o una penitencia civil (impuesta por tribunales, para resarcir delitos). Este asunto lo ha estudiado bien el académico y escritor coruñés José Ricardo Pardo Gato, quien dedicó su tesis doctoral al estudio de «El Camino de Santiago a la luz de la historia y el Derecho» (editorial Dykinson, 2023).

Precisamente, en el preámbulo de su libro, José Ricardo Pardo introduce una cita del «Códex Calixtinus» –escrito entre 1140 y 1181 y atribuido al monje benedictino francés Aymeric Picaud– en la que el autor del célebre manuscrito (que depositado en la catedral de Santiago de Compostela fue objeto de un extraño robo en julio de 2011 y felizmente recuperado por la Policía Nacional justo un año después, en julio de 2012) hace alusión al carácter penitencial del Camino de Santiago: “Van allá los pobres, los caballeros, los plebeyos, los poderosos, los ciegos y los mancos, los aristócratas, los obispos, los abades, unos descalzos, otros desnudos, de rodillas, cargados de cadenas, hierros o plomo, para hacer penitencia…”.

La Iglesia y sus instituciones eclesiásticas disponían de libros penitenciales en los que se estipulaba, como si fuese el Código Penal, el delito del infractor y la condena impuesta a hacer el Camino de Santiago, que el reo debía cumplir, estableciéndose a tal fin el trayecto a recorrer y el tiempo en el que debía ser realizado por el peregrino penitente.

Se puede pensar que esta manera “redentora” de peregrinar a Santiago es cosa del pasado, pero lo cierto es que no. Y, de hecho, una de las reminiscencias del Derecho medieval que todavía podemos encontrar en el Derecho actual, es el de la penitencia. Se trata de la «justicia restaurativa».

José Ricardo Pardo señala que el primer caso de este tipo de justicia surgió en 1974, cuando un juez de Kitchener, Ontario (Canadá) decidió que dos jóvenes, acusados de vandalismo, en vez de ir a prisión pidieran perdón a sus víctimas y las indemnizaran económicamente por los daños que les habían causado.

A esta novedosa decisión judicial, se uniría pocos años después (en 1982) una original iniciativa: el proyecto belga «Oikoten» (La palabra Oikoten proviene del griego y se traduce como "lejos del hogar" o "por sus propios medios"), por el que jóvenes condenados por delitos menores evitaban ir a la cárcel si hacían el Camino de Santiago. Aquella (que sigue vigente) fue una de las iniciativas europeas pioneras en aplicar la justicia restaurativa y la reinserción social a través de la peregrinación.

La Justicia de Francia e Italia copiarían años después este sistema y en España, la Ley del Menor estableció que, por delitos menores, los no mayores de edad recibirán medidas sancionadoras-educativas, adaptadas a la edad y circunstancias de los jóvenes.

En nuestro país, correspondió al célebre juez manchego Emilio Calatayud dictar la primera sentencia (en 2004) en la que se disponía que siete jóvenes, de entre 15 y 18 años, peregrinaran a Santiago de Compostela como “pena” por los delitos menores que habían cometido.

Aquella decisión creó, si no jurisprudencia, sí escuela, de manera que en 2016, una jueza canaria de menores, Reyes Martel Rodríguez, creó la ONG “UP2U Project” («Depende de Ti»), dedicada a la prevención y reinserción social de jóvenes y menores en situación de vulnerabilidad, una de cuyas actividades estrella es «El Camino de los Valores», que consiste en que grupos de este tipo jóvenes realicen el Camino de Santiago que hay en la isla de Las Palmas de Gran Canaria y que, con una distancia de 65 kilómetros, y un desnivel de 1.720 metros, transcurre entre las localidades de Maspalomas y Gáldar.

Un buen ejemplo de que todos los caminos, además de a Roma, conducen a Santiago de Compostela. También los de la redención, a través de la justicia restaurativa.

Tracking Pixel Contents